Europa Press
14 ene 2021. 11.52H
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SANTIAGO DE COMPOSTELA, 14 (EUROPA PRESS)

Los centros y parques comerciales, así como los establecimientos que tengan la consideración de grandes superficies estarán obligadas desde este viernes a disponer de un sistema que permita contabilizar y controlar, "en todo momento", el número de personas que hay en su interior.

Así, y en la línea de lo que apuntó el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, en la rueda de prensa de este miércoles, en la que avanzó que una de las medidas más relevantes iba a estar focalizada en la vigilancia, el Diario Oficial de Galicia (DOG) del 13 de enero de 2020 número 7 (bis) publicó una orden en la que se recoge por escrito la obligatoriedad de llevar a cabo estas labores de vigilancia, de las que son responsables las personas físicas o jurídicas titulares de las instalaciones o de las que tengan atribuida su gestión.

Concretamente, se incorpora un nuevo punto vinculado con las medidas de prevención específicas como consecuencia de la covid que dice: "los centros y parques comerciales, así como los establecimientos que tengan la consideración de grandes superficies, deberán disponer de sistemas o dispositivos que permitan conocer, en todo momento, el número de personas usuarias existente en su interior, así como el control de aforo máximo en las citadas instalaciones".

Esta medida se suma a una actuación general que pasa por la clausura de las zonas comunes en todos los centros y parques comerciales, que se suma a la norma general de que tanto comercios pequeños como grandes deberán clausurar sus puertas a las 21,30 horas --salvo que su horario ya sea menor-- en la línea del adelanto del toque de queda a las 22,00 horas.

Además, los establecimientos de los centros comerciales no podrán superar el 30 por ciento de su capacidad total. En el caso de que estén distribuidos en varios pisos, este porcentaje deberá guardar proporción entre todos ellos.

CIERRE DE ZONAS COMUNES

Otra de las restricciones que entra en vigor este viernes está vinculada a las zonas comunes. Así, "no se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes, excepto para el tránsito entre establecimientos, salvo en la actividad de la hostelería y restauración que se lleve a cabo en estas zonas", lo cual se deberá ajustar a lo previsto para este sector en función del ayuntamiento y las restricciones generales existentes.

En el Diario Oficial de Galicia se recuerda que la capacidad de las zonas comunes queda restringida al 30 por ciento. Además, no se podrán utilizar zonas recreativas, como pueden ser las zonas infantiles de ocio, ludotecas o áreas de descanso.

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