BRUSELAS, 7 (EUROPA PRESS)
El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado esta semana que la empresa francesa Poly Implant Prothèse (PIP) que comercializó prótesis mamarias defectuosas limitara la cobertura del seguro de responsabilidad civil a aquellas pacientes que fueron operadas en Francia.
El dictamen emitido por el magistrado esta semana no ve discriminación en el hecho de que la cobertura se limite geográficamente dejando fuera de la protección a los afectados en otros Estados miembros.
El seguro de responsabilidad civil es obligatorio en Francia, por eso el contrato de la empresa con la aseguradora incluyó una cláusula territorial que limita la cobertura exclusivamente a los daños ocasionados en Francia.
El Abogado General Michal Bobek advierte en sus conclusiones que el derecho comunitario no prevé disposiciones sobre las indemnizaciones a los usuarios finales de productos sanitarios y añade que el Mercado Interior respeta la "diversidad normativa" en los ámbitos no armonizados expresamente por las reglas de la UE.
Por eso, las normas sobre libre circulación de mercancías para asegurar que no se obstaculiza la entrada o salida de productos dentro de la Unión Europea no regula el posterior uso o consumo de dichas mercancías una vez que han sido transportadas a otro Estado miembro, lo que explica que el seguro de indemnizaciones "no viaje" con las prótesis vendidas en otros Estados miembro.
La opinión del Abogado General sobre el caso que afecta a una paciente en Alemania no es vinculante para el Tribunal con sede en Luxemburgo, que dictará su fallo en próximos meses, aunque la gran mayoría de las sentencias sigue la línea que marcan estos dictámenes.