El esperado desarrollo de la nueva
cartera prestación ortoprotésica ya ha tomado forma. Según la documentación de la
Comisión Delegada del Consejo Interterritorial a la que ha tenido acceso Redacción Médica, ya hay un proyecto de orden ministerial preparado con tal fin y que marca, por primera vez, los
importes máximos de financiación (IMF) que determinarán a los precios de estos productos cuando haya pago de la sanidad pública.
De esta manera, se centraliza el precio y coste de estos productos, una competencia que hasta ahora descansaba en las comunidades autónomas, en el Ingesa y en las mutualidades puesto que el Gobierno central todavía no había tomado cartas en el asunto, a pesar de que en el RDL 16/2012 había mandato para ello.
“La actualización y concreción del catálogo común de prestación ortoprotésica suplementaria que se lleva a cabo en esta norma conducirá a que el contenido de los catálogos de las diferentes administraciones competentes en la gestión de esta prestación sea similar en todo el Estado, lo que redundará en una mayor equidad. Por otra parte, muchos de los catálogos han ido quedando obsoletos en su contenido, dado el tiempo transcurrido desde su elaboración, por lo que resulta preciso actualizarlos para dar una cobertura más adecuada a las necesidades de los usuario”, indica la memoria de impacto de la iniciativa, que recuerda que “si no se aprobara esta norma, se podrían incrementar las diferencias territoriales en el contenido de esta prestación, los usuarios no tendrían acceso a los mismos productos ni a los avances tecnológicos que supone la actualización del catálogo común, no se podría ejercer un control sobre el crecimiento de los costes de la prestación ortoprotésica y las cantidades a abonar por el mismo producto podrían ser diferentes en cada ámbito territorial”.
¿Ahorros?
Una de las preguntas que caben es si la norma supondrá
ahorro para las administraciones públicas, pero esta duda parece no tener respuesta. “La entrada en vigor de esta orden tendrá un doble repercusión económica, pues por un parte se actualiza el catálogo común y por otra se establecen IMF y los coeficientes de corrección que permite fijar los importes finales. No es posible cuantificar exactamente esta repercusión, dado que no se dispone de datos a nivel de tipo de producto en cada comunidad y mutualidad”.
Con todo, si reconoce que los IMF y los coeficientes de corrección “podrán representar una posible contención en los márgenes de los establecimientos (ortopedias) y en consecuencia en el coste de la prestación, pues hasta la fecha se dispensan los productos con el margen que cada establecimiento considera”.
Acceda al proyecto de orden
Acceda al informe de impacto
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