La Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin) ha manifestado este martes su "absoluta disconformidad" con la decisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de sancionar a ocho empresas de fabricación, distribución y dispensación de productos absorbentes para la incontinencia grave de la orina en adultos (AIO), así como a Fenin.
En concreto, Competencia ha sancionado con un total de 128,8 millones de euros a siete empresas fabricantes de absorbentes de incontinencia urinaria para adultos y a Fenin por "una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley 16/1989 y del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC)". "Desde al menos 1996", indican desde la CNMC, y "hasta enero de 2014", las ocho empresas (Arbora & Ausonia, Indas, SCA Hygiene Products, Hartmann, Ontex ID, Barna Import Médica, Textil Planas Oliveras y Algodones del Bages) y Fenin, supuestamente "fijaron los precios de los absorbentes financiados por el Sistema Nacional de Salud que se compran en las farmacias para los pacientes no hospitalizados".
Como respuesta, la patronal de la tecnología sanitaria española ha subrayado que "no ha participado en ningún cartel ni tiene la capacidad de determinar las vías de dispensación/ distribución de los absorbentes de incontinencia de orina". "El Ministerio de Sanidad, así como las Consejerías de Sanidad de las Comunidades Autónomas promovieron y firmaron convenios con todos los agentes de la cadena farmacéutica que ahora se consideran contrarios al derecho de la competencia". Por este motivo, "Fenin va a recurrir la resolución de la CNMC ante la Audiencia Nacional al considerar que ha actuado conforme a la legalidad", argumentan, para añadir que la patronal "seguirá colaborando con las autoridades y confía en que el caso se resuelva satisfactoriamente".
Además de pactar precios, la CNMC acusa a los implicados de "haber utilizado una estrategia de interposición de recursos administrativos y/o contencioso-administrativos frente a las licitaciones públicas convocadas por las Autoridades Sanitarias de distintas Comunidades Autónomas para adquirir y entregar directamente el producto a pacientes no hospitalizados (residencias de ancianos, centros de atención primaria). Con ello, perseguían mantener los ingresos competitivos que les genera su comercialización a través del canal farmacia".
En este sentido, cabe destacar que, por primera vez desde la creación de la CNMC, la Comisión ha sancionado a varios directivos de las empresas fabricantes y de la asociación sectorial.
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