Unos diez días antes de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado, el
Consejo de Estado había dado el visto bueno al real decreto que permite la venta directa, sin prescripción, de los
test de autodiagnóstico del VIH y su publicidad, en un
dictamen del que acaban de dar cuenta las Administraciones Públicas.
Sin embargo, como suele ocurrir, este órgano ha visto un
pero en la norma que se aprobó en el último Consejo de Ministros de 2017: no ve justificación ni razones para que se prohíba la
publicidad de los productos de autodiagnóstico de la glucemia, es decir, los
medidores de azúcar en sangre que emplean los enfermos de
diabetes.
El dictamen reza que “el Consejo de Estado no objeta las medidas proyectadas” en el Real Decreto. “Únicamente, se desconocen -al menos no consta justificación alguna en el Proyecto- las razones de que quede como único ámbito prohibido (dentro de los productos exceptuados de prescripción) la publicidad de los productos de autodiagnóstico para la determinación de la glucemia”. Esta incomprensión se debe esto no ocurre con los mencionados productos para la detección del VIH y tampoco con los destinados al diagnóstico del
embarazo y de la fertilidad.
Sin embargo, estas justificaciones no han sido incluidas finalmente en el
documento aprobado gracias al que por fin se pueden vender directamente los test de VIH en las boticas.
Convenio
Hay que recordar que esta medida se había venido anunciando a lo largo de todo 2017, y con el fin de ponerla en marcha el Ministerio de Sanidad y el Consejo General de Farmacéuticos firmaron un
convenio para realizar acciones de fomento del
diagnóstico precoz del VIH en farmacias, mediante la edición de guías y otros documentos informativos que sirvan de actualización de conocimientos y la formación de los farmacéuticos en base a la mejor evidencia científica.
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