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Vacuna Covid: el médico "no puede negar" la segunda dosis a los infractores

Bátiz advierte que se pueden amparar en la negación de ciencia y rechazar una norma que impida completar la vacunación

Jacinto Bátiz.

03 feb 2021. 09.00H
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Negar la segunda dosis de la vacuna frente al coronavirus Covid-19 a las personas que se han vacunado sin pertenecer a un grupo prioritario es un error, tal y como afirmó Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (Ccaes) a Redacción Médica. El propio Comité de Bioética de la Comunidad Valenciana ha dictaminado esta semana que quienes se saltaron el protocolo en aquella comunidad, deberán recibir la segunda dosis seis semanas después y también ser sancionados. Una posición que se eleva a la deontología de todos los médicos españoles, según ha podido confirmar este periódico.

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"Independientemente de que esas personas hayan empleado actuaciones no adecuadas por ser poco solidarias, entiendo que no se puede negar la segunda dosis", explica Jacinto Bátiz, secretario de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial de España.

"El objetivo de la vacunación no se podría conseguir con una vacunación incompleta (para que sea eficaz la vacuna precisa ser administradas las dos dosis) desperdiciando la primera dosis en detrimento de otras personas que se podrían haber aprovechado para una vacunación completa", argumenta el médico.

"Todo ello pondría de manifiesto la falta de solidaridad de quienes aprovechan su poder, su cargo o sus influencias para vacunarse saltándose el orden protocolizado, así como el despilfarro de recursos que son escasos de quienes negaran administrar la segunda dosis", lamenta. 

¿Qué debe hacer el médico si se ordena negar la segunda dosis?


En caso de que así lo estableciera alguna CCAA, como insinuó  Comunidad Valenciana, ¿qué deben hacer los médicos? "En ese caso los médicos debiéramos manifestar nuestra negación a cumplir dicha norma de no poner la segunda dosis de la vacuna", señala Bátiz.

"No por objeción de conciencia porque no sería el caso, sino por objeción de ciencia", ilustra el experto, que cita el Código de Deontología Médica vigente (OMC, 2011) que en su artículo 33.2 dice lo siguiente: “La objeción de Ciencia tiene una protección deontológica, al amparo del derecho a la libertad de método y prescripción, siendo diferente de la objeción de conciencia".

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.