Tras el ‘oasis’ veraniego, sindicatos y Ministerio de Sanidad retomarán los contactos para tratar de alumbrar un
nuevo Estatuto Marco del personal sanitario que rescate algunas de las medidas que quedaron apeadas del texto actual y que, tal y como informaron a
Redacción Médica las propias centrales, abarcan desde la posibilidad de celebrar OPES cada dos años hasta la regulación de las
jubilaciones anticipadas y parciales.
Sobre esta última, desde la
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) matizan que el Estatuto Marco “no tiene competencia per sé” para habilitar la jubilación anticipada de los trabajadores del
Sistema Nacional de Salud (SNS), “pero sí existe la posibilidad de establecer un tipo de contrato” que propicie el retiro parcial antes de los 65 años.
Una vía que puede abrirse en caso de incluir en el artículo 9 del Estatuto Marco los contratos de relevo, detalla
Fernando Hontangas, responsable del área sanitaria de CSIF. Tal y como indica el Ministerio de Seguridad Social, este tipo de contratos se pueden complementar con uno a tiempo parcial para acceder a la jubilación parcial
“después del cumplimiento de los 60 años”.
“Si habilitas la posibilidad de una
jubilación parcial pero no tienes posibilidad de hacer contratos de relevo, debido a la imposibilidad de contratar no puedes jubilarte anticipadamente. Por tanto, el Estatuto Marco puede llegar a habilitar este tipo de contratos que lo faciliten”, detalla.
Reivindicaciones sindicales para el nuevo Estatuto Marco
De nuevo, el foco de la negociación se posará sobre el articulo 9 del Estatuto Marco, mediante el que centrales y Ministerio de Sanidad ya canalizaron la erradicación del perfil del ‘eventual’. De esta forma, los sindicatos dieron por cumplido el objetivo de
limitar los contratos temporales en el SNS, que solo podrán suscribirse “por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia”.
Más allá de la jubilación anticipada, los agentes sociales pondrán sobre la mesa otras reivindicaciones destinadas a paliar el “anacronismo” y la “inoperatividad” del SNS, como la prolongación del servicio activo (la necesidad o no de un
Plan de Ordenación de Recursos Humanos previo) y la revisión del personal de cupo y zona de la
Clasificación Profesional.
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