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Tribunal de Cuentas: la regulación de las encomiendas de Sanidad es “parca”

Lamenta que la legislación sea tan parca y no regule los encargos conferidos a personas sujetas a Derecho privado

Fachada del Ministerio de Sanidad.

20 abr 2017. 11.10H
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POR REDACCIÓN
Legislación "tan parca que no resuelve los problemas" en los encargos de gestión de servicios. Esa es una de las conclusiones que el Tribunal de Cuentas le hace al Ministerio de Sanidad en el informe que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) para corregir erratas en la utilización de la Encomienda de Gestión regulada en la legislación de contratación pública por los Ministerios, Agencias y Organismos Autónomos del Área Político-Administrativa del Estado en los ejercicios 2008-2012. 

En concreto, el fiscalizador concluye, respecto a los encargos conferidos, que hay cierta confusión entre estas figuras de encomienda de gestión por la idéntica denominación que reciben tanto en la Ley 30/1992 como en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, algo que el Tribunal ya advirtió en su "Informe de Fiscalización de Convenios de Colaboración generadores de gasto suscritos en los años 2004 y 2005 por los Ministerios de Fomento y de Sanidad y Consumo con personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho privado".  

Según el fiscalizador, el problema está en la amplitud con que se concibe el objeto social de algunas entidades encomendatarias como Tragsa -grupo con experiencia en colaborar con la Administración en temas de sanidad animal y vegetal, salud pública y seguridad alimentaria- y Segipsa, unido a la falta de concreción del mismo en las normas de creación. Esto motiva que las mencionadas entidades sean utilizadas como "medio para todo". 

Servicios encarecidos

Esto supone, según recoge el informe que publica el BOE, que la carencia de medios para cubrir tan amplio objeto social hace que en ocasiones las encomendatarias contraten a terceros para la mayor parte de la ejecución de la encomienda, de manera que "estas entidades actúan como simples intermediadoras, orillando el régimen de contratación legalmente previsto para la entidad que demanda la prestación". 

Esta manera de actuar motiva, además, que se encarezca el precio de la prestación precisamente por esa intermediación, según detalla el Tribunal de Cuentas. 

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