El sindicato
CCOO pide al Gobierno crear un
registro de población laboral expuesta a sustancias cancerígenas que pueda hacer efectivo el derecho a la vigilancia de la salud postocupacional. Es una de las nueve alegaciones que ha presentado al proyecto de Real Decreto para modificar la
normativa anti-cancerígena que el
Ministerio de Trabajo lanzó a consulta pública hace una semana.
Entre las alegaciones también se hallan la reducción de los valores límite ambiental y biológico del plomo inorgánico y sus compuestos para proteger a las mujeres trabajadoras en edad fértil, una de las medidas novedosas del proyecto de modificación para adaptarse a la nueva directiva de la Unión Europea al respecto, que incorpora iniciativas de seguridad ante reprotóxicos.
Por otro lado, CCOO pide que en el
nuevo Real Decreto anti-cancerígeno se incluyan las profesiones clasificadas en el grupo 1-cancerígeno en humanos- del listado de la
Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer. Se trata de la exposición profesional asociada al proceso Acheson, la producción de aluminio, de auramina -gasificación del carbón- y de coque -derivada de la exposición profesional como bombero-, la exposición durante la fundición de hierro y acero, la producción de magenta, la exposición profesional como pintor, la labor en la industria de fabricación de caucho y la destilación de alquitrán de hulla.
Además de ello, el sindicato pide incluir los disruptores endocrinos en el nuevo Real Decreto, tal y como ya se ha aprobado en Bélgica; reforzar la obligación empresarial de sustituir los
agentes cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos mediante un plan previo; mejorar la redacción del artículo que regula el tiempo dedicado a la higiene personal de los trabajadores expuestos a estas sustancias, clarificar los datos de exposición que el empresario ha de consignar en la documentación, caracterizar la formación teórica y práctica a recibir al respecto y añadir un valor límite biológico al cadmio y sus compuestos inorgánicos.
Adaptación a la normativa anti-cancerígena europea
El proyecto de Real Decreto propuesto por el departamento de
Yolanda Díaz busca modificar otro
Real Decreto, el 665/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. El objetivo es amoldarlo a los nuevos estándares europeos, en concreto,
reforzando el control sanitario sobre las actividades en las que se manipulen, almacenen o transporten sustancias peligrosas, además de sobre los entornos en los que haya riesgo de intoxicación.
En la propuesta se introducen especificaciones para para acrilonitrilo; compuestos de níquel; plomo inorgánico y sus compuestos; N,N-dimetilacetamida; nitrobenceno; N,N-dimetilformamida; 2-metoxietanol; acetato de 2- metoxietilo; 2-etoxietanol; acetato de 2-etoxietilo; 1-metil-2- pirrolidona; mercurio y compuestos inorgánicos divalentes del mercurio, incluidos el óxido de mercurio y el cloruro de mercurio (medidos en mercurio); bisfenol A; 4,4’-isopropilidendifenol y monóxido de carbono.
La
Directiva UE 2022/431 es la cuarta modificación que se ha llevado a cabo en los últimos años de la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo. La novedad acerca de la introducción de las sustancias tóxicas para la reproducción dentro de su ámbito de aplicación es, según CCOO, el fruto de una reivindicación del movimiento sindical europeo.
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