Las personas sordas o ciegas no podrán casarse sin
consentimiento del médico a partir del 30 de junio de 2017. Así se desprende de la nueva redacción que el
Código Civil dará a su artículo 56, que reza que "quienes deseen contraer matrimonio acreditarán previamente en acta o expediente tramitado conforme a la legislación del
Registro Civil, que
reúnen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos o su dispensa, de acuerdo con lo previsto en este Código".
La polémica viene por la segunda parte de la redacción que matiza que "si alguno de los contrayentes estuviere afectado por
deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente,
dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento".
Hasta ahora, este artículo señalaba a "quien estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas", pero desde junio del próximo año una persona que carezca de visión, por ejemplo, tendrá que demostrar también que entiende lo que supone contraer matrimonio.
"El texto no es neutro"
"El problema no es que se condicione la validez del acto jurídico al estado mental psíquico de la persona en el momento de prestar el consentimiento matrimonial, sino que el texto legal no es neutro. Una deficiencia mental, intelectual, psíquica o sensorial
no afecta a la aptitud de una persona para comprender
el significado del matrimonio y prestar su consentimiento al mismo", defienden desde el
Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad.
La propuesta del colectivo es que las personas que precisen apoyos para la toma de decisiones no puedan ser excluidas por motivo de su discapacidad del
derecho a contraer matrimonio, siendo obligación de las autoridades y funcionarios que intervienen en estos procedimientos proveer de los
apoyos necesarios para la formación y emisión de su consentimiento.
El Cermi recuerda que la convención de Naciones Unidas de los Derechos de las Personas con Discapacidad destaca que todas las personas son iguales ante la ley, e insta a los países que ratifiquen la convención a adoptar medidas efectivas y pertinentes para
poner fin a la discriminación contra las personas con discapacidad en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones personales.
Desde su punto de vista,
urge modificar la legislación actual, "porque una discapacidad no es óbice para que la persona comprenda el significado del matrimonio y pueda prestar su consentimiento al mismo", señalan, advirtiendo de que esta nueva redacción podría incluso ser anticonstitucional.
Ciudadanos pide explicaciones
A raíz de estas informaciones, entidades como Fiapas, la ONCE o el Cermi han emitido sus quejas, que son compartidas por el
Grupo Parlamentario de Ciudadanos. Mediante su portavoz de Sanidad,
Francisco Igea, han registrado una pregunta al Gobienro sobre la que solicitan respuesta por escrito. En ella, urgen al Ejecutivo a modificar la norma para corregir los errores detectados.
Por ello, preguntan a Moncloa si piensan dar una
nueva redacción al artículo del Código Civil para evitar tratar como ciudadanos de segunda a personas con discapacidad para que no precisen este dictamen médico. Y de ser así, quieren que el Gobierno conteste sobre cuándo piensan llevar a cabo esta modificación, ya que la norma entrará en vigor el 30 de junio del próximo año.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.