Marcos Domínguez. Madrid
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud abordará el proyecto de orden ministerial que fija los requisitos y procedimientos para que se les reconozca la condición de asegurado y beneficiario de la asistencia sanitaria a personas en ciertas condiciones: regímenes especiales de funcionarios, discapacitados que no fueran ya asegurados o beneficiarios, españoles en el extranjero que regresan o que estarán en el país de forma temporal, y extranjeros que están de forma temporal en España y con cuyos países hay convenios firmados (incluyendo la tarjeta sanitaria europea).
El objetivo de la orden es desarrollar el real decreto 1192/2012, de 3 de agosto, que regula la condición de asegurado y beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria a través del SNS con cargo a fondos públicos.
Por otro lado, establece el orden de prelación en el acceso al derecho según la situación personal: pensionista, trabajador afiliado en situación de alta, preceptor de prestaciones periódicas de la Seguridad Social (como el subsidio por desempleo), personas que han agotado dichas, beneficiarios y residentes que no tengan ingresos anuales superiores a 100.000 euros ni cobertura obligatoria pero que se encuentren dentro de los supuestos establecidos por el RD 1192/2012.
También se pretende que, al extinguirse la condición de persona asegurada o la condición de beneficiario, sin solución de continuidad y siempre que quede acreditado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social proceda al reconocimiento de forma automática.
Asimismo, el ministerio valorará con las comunidades la memoria de impacto de esta norma, que recoge las aportaciones de los actores consultados (desde administraciones públicas hasta sindicatos y patronal). Esta memoria no prevé impacto económico ni de género.
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