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Sanidad publica la instrucción que regula la homeopatía en España

Estos productos incluirán que carecen de indicación terapéutica

Dolors Montserrat, ministra de Sanidad.

28 abr 2018. 11.20H
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POR MERCEDES RIVERA
El Boletín Oficial del Estado publica este sábado la orden que regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los productos homeopáticos. Tal y como ya adelantó la ministra de Sanidad, Dolors Montserrat, durante el Consejo Interterritorial, los titulares de comercialización tiene un plazo de tres meses para para registrarse y adecuarse a las condiciones que dicta esta legislación.

Estos productos tendrán que pasar controles de seguridad y calidad de la Agencia Española del Medicamento (Aemps) para poder salir al mercado y deberán indicar, expresamente, que no tienen indicación terapéutica. Aquellos que no superen dichos controles, serán desechados del mercado.

Por otro lado, si el fabricante considera que el producto homeopático tiene indicaciones terapéuticas, la Aemps lo someterá a controles y ensayos como cualquier otro fármaco y, si el resultado es favorable, saldrán al mercado con la denominación de medicamento. Hasta ese momento, el producto será retirado del mercado. 

Asimismo, a partir de ahora, los productos homeopáticos comenzarán a pagar las mismas tasas a Hacienda que el resto del sector farmacéutico.

Procedimiento y requisitos

Los titulares de los productos homeopáticos deberán presentar la comunicación de adecuarse a la legislación a  través del soporte informático habilitado para ello por la Aemps en su página web y contendrá todos datos como el nombre del producto, condiciones de prescripción y dispensación propuestas, si  reivindica indicación terapéutica o si se solicitará como "sin indicaciones terapéuticas", la declaración completa y detallada de los componentes activos del medicamento, así como la declaración de los excipientes, entre otros. 

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