Redacción. Madrid
El Ministerio de Sanidad ha otorgado la Encomienda de la Orden Civil de Sanidad a los nueve miembros del llamado comité del ébola, según se desprende del Boletín Oficial del Estado, el BOE, que ha publicado este martes de manera oficial esas condecoraciones.
Fernando Simón (izquierda) y Antonio Andreu, dos de los galardonados por Sanidad.
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Concretamente, el BOE publica nueve disposiciones, una por cada premiado: Antonio Andreu, Fernando Rodríguez Artalejo, Fernando Simón, José Manuel Echevarría, José Ramón Arribas, Luis Enjuanes, Pedro Galdós, Rafael Delgado y Yolanda Fuentes.
Las disposiciones indican que se les premia “habida cuenta de los méritos y demás circunstancias que concurren” y “como miembros del Comité Científico Asesor del Ébola”.
La Orden Civil de Sanidad se concede, como honor, distinción y reconocimiento públicos, para premiar méritos, conductas, actividades o servicios relevantes o excepcionales, en el ámbito de la sanidad. Tiene tres categorías: la Gran Cruz, la Encomienda y la Cruz.
En el caso de la Encomienda, es el propio Ministerio de Sanidad el que elige a los premiados, sin necesidad de pasar por el Consejo de Ministros, trámite que sí es necesario en el caso de la Gran Cruz.
Para poder ser condecorado, Sanidad valora entre los candidatos el haber dirigido o realizado actividades de prevención de enfermedad o accidentes, promoción de la salud o educación sanitaria de la población, con destacado acierto y notoria oportunidad, evitando graves peligros para la salud pública o mejorando sensiblemente las condiciones de salud de la población; haber prestado atención o asistencia sanitaria, de forma eficaz y relevante, en supuestos importantes de crisis o emergencias sanitarias o con dedicación continuada y permanente y ejemplar al servicio de la comunidad; haber sufrido accidentes o contraído enfermedades graves por causa y en beneficio de funciones sanitarias o asistenciales; haber descubierto o utilizado por primera vez un producto, técnica o procedimiento cuya eficacia o utilidad sanitaria merezca un juicio general favorable; haber realizado estudios, investigaciones o trabajos de notorio mérito y utilidad en el ámbito sanitario o asistencial; o haber prestado servicios extraordinarios o de notoria utilidad para los intereses generales de salud de la comunidad.
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