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Prohibido generar beneficios con campañas de donación de tejidos y células

El BOE publica el Real Decreto que regula la publicidad de este tipo de prácticas

Rafael Matesanz, director de la Organización Nacional de Trasplantes.

26 ago 2016. 11.30H
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POR REDACCIÓN
Ni un atisbo de rédito económico o beneficio, ni para el donante ni para ninguna organización. El Boletín Oficial del Estado publica este viernes el Real Decreto, firmado por el ya exministro Alfonso Alonso, en el que se recogen la regulación de campañas de promoción y publicidad de téjidos y células humanas.
 
El texto no deja lugar a dudas sobre la finalidad de estas prácticas: “Se ajustarán a los principios de voluntariedad, altruismo y desinterés, debiendo advertir que ni el donante, ni ninguna otra persona física o jurídica, puede solicitar, ni percibir, contraprestación económica o remuneración alguna vinculada al objeto de este apartado”. De hecho, el Real Decreto deja claro que este tipo de acciones publicitarias deben hacerse con carácter general y evitará los llamamientos a la donación para un paciente concreto.
 
La responsable de aprobar las campañas será la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) que analizará el caso y cuyo director deberá ratificar la aprobación o denegación del permiso. La norma se aplica solo a la publicidad ya que deja claro que “en ningún caso, la autorización a la que se refiere este Real Decreto podrá amparar actividades de extracción, procesamiento, almacenamiento, distribución o implante de células y tejidos humanos”, potestad que le corresponde a las autoridades competentes de cada comunidad autónoma.
 
Asociaciones de pacientes y bancos de sangre
 
Según destaca la norma, pueden solicitar la aprobación de campañas las asociaciones de pacientes, los bancos de sangre de cordón umbilical para uso autólogo o familiar, las empresas intermediarias de estos bancos o las entidades aseguradoras, las entidades para la captación de donantes de médula ósea, los centros o entidades de promoción de la donación de gametos, además de otro tipo de entidades debidamente registradas y que tengan como fin la promoción de la donación.
 
Este Real Decreto se publica tras la contienda legal que enfrentó a la ONT con la Fundación DKMS. El organismo público calificó las actividades de captación de donantes de médula ósea de la fundación de ilegales y esta se querelló por injurias. Finalmente, DKMS retiró la demanda, aunque la ONT solicitó al Registro Internacional de Trasplantes que retiren la información relativa a donantes proporcionada por DKMS.
 
 

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