Una reforma interna, el refuerzo de su sanidad y la
digitalización de sus sistemas. El
mutualismo administrativo busca recuperarse de la que probablemente haya sido la peor etapa de su historia con varios pilares estratégicos. La crisis sin precedentes de
Muface parece haber dejado una oleada de incertidumbre en el modelo dirigido por Myriam Pallarés, y es que la mutualidad ya está inmersa en un cambio de etapa con la
firma de diversos contratos para mejorar sus prestaciones. Al menos, esa es la sensación que ha dado el sistema en las últimas semanas, si bien es cierto que también continúa con su despliegue habitual. Uno de los ejemplos es la
solicitud de ayudas para prestaciones dentales y oculares destinadas a los mutualistas jubilados de la sanidad concertada de Muface. Una convocatoria para las que el modelo ha puesto
fecha, instrucciones y un detalle: no se podrán solicitar por vía electrónica.
Las ayudas bucodentales y oculares de Muface en papel
Muface parece estar preparada para el
segundo año de su concierto sanitario. Una etapa renovada que llega tras la
crisis sin precedentes de la mutualidad que provocó varios reajustes en la sanidad concertada del modelo liderado por Myriam Pallarés. Por ejemplo, un 'acelerón' a la implantación total de la receta electrónica concertada, la extensión de la historia clínica digital, el fomento de determinados medicamentos o la
vigilancia al sector asegurador (comprendido por Asisa y Adeslas).
Esos son algunos de los ejes de la
hoja de ruta de Muface para este 2026. Sin embargo, lo cierto es que los antiguos planes de la mutualidad siguen sobre la mesa. Precisamente, uno de ellos es el que ha anunciado el organismo público este miércoles: el de las
ayudas dentales y oculares.
La convocatoria para el envío de solicitudes tiene un
plazo fijado. Será del 1 al 31 de marzo cuando los "mutualistas en situación de jubilación o de alta voluntaria, así como por aquellas que sean beneficiarias con documento asimilado al de afiliación (BDAP)" podrán optar a esta convocatoria.
Estas prestaciones son habituales en
Muface. La mutualidad las despliega dos veces al año: en marzo y en octubre. Dos meses en los que este colectivo, que es el mayoritario entre la cartera de adsscritos a la sanidad concertada del sistema, pueden
cumplimentar los impresos en papel y remitirlos a su "oficina de adscripción en lugar de realizar su solicitud a través de la sede electrónica o la App, que son las vías disponibles durante todo el año".
Lo cierto es que esa
vía electrónica está destinada, como recuerda el modelo, "para el resto del colectivo mutualista en activo".
Así se puede acceder a la convocatoria
La
convocatoria de ayudas dentales y oculares ya es una realidad. Con los plazos fijados, Muface ha sumado más detalles en un comunicado emitido este miércoles. En él, la mutualidad se encarga de desplegar las
principales instrucciones de acceso a estas prestaciones sanitarias. En otras palabras, descubre cuáles son los pasos a seguir para acceder a estas ayudas.
"Las personas mutualistas en situación de jubilación, las de alta voluntaria y las personas beneficiarias con Documento asimilado al de Afiliación que quieran remitir su solicitud de ayudas dentarias y oculares en papel pueden
descargar el impreso oficial en la web de Muface", comienza la mutualidad de
Pallarés.
En el
caso de que no puedan acceder a este documento online, Muface dispone de otras dos soluciones. La primera consiste en "solicitarlo a su Servicio Provincial por teléfono o a través del Formulario de atención a mutualistas para que se lo remitan por correo postal". En este sentido, el modelo recuerda que "las personas
mutualistas de 75 años o más pueden hacer esta solicitud a través del teléfono de atención preferente del Servicio Muface 75+". Asimismo, la segunda de las opciones es que los motualistas recojan el impreso en sus Servicio Provincial con cita previa.
Tras rellenar este documento, hay otro paso definido. La solicitud "debe
enviarse, junto a las facturas y la documentación adicional necesaria, al Servicio Provincial de Muface que les corresponda". Esa es la explicación que da la mutualidad, que suma que, para ello, se puede utilizar tanto el correo postal como "cualquiera de los registros oficiales establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que incluye el Registro Electrónico General".
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