El
personal sanitario está expuesto a agentes tóxicos y cancerígenos, especialmente quienes trabajan en unidades diagnósticas, laboratorios y áreas de mantenimiento. La manipulación de blindajes protectores, como los delantales plomados utilizados en
Radiología, es un claro ejemplo, aunque no el único. Con el objetivo de reducir los riesgos laborales y reforzar la protección de los trabajadores, el
Ministerio de Trabajo ha sacado a audiencia pública la modificación de dos reales decretos que regulan la
exposición a agentes cancerígenos, mutágenos, reprotóxicos y químicos. El plazo para la presentación de aportaciones permanecerá abierto hasta el 23 de febrero. Por otro lado, está previsto que la norma entre en vigor a partir del
9 de abril del 2026.
Un nuevo límite para el plomo
El nuevo marco normativo responde a los últimos avances científicos, que apuntan a la necesidad de reducir enfermedades profesionales como el cáncer y las patologías reproductivas. En lo que respecta al
ámbito sanitario, una de las principales novedades es la fijación de un nuevo V
alor Límite Biológico (VLB) vinculante para el plomo, establecido en 15 microgramos por cada 100 mililitros de sangre. El objetivo es prevenir daños sistémicos derivados de la exposición continuada. A partir de los 9 µg Pb/100 ml, será obligatorio activar el protocolo de vigilancia de la salud. No obstante, se permitirá un límite de 30 µg Pb/100 m
l hasta el 31 de diciembre de 2028 para facilitar la adaptación de los sectores industriales. La reforma presta especial atención a la protección de las
personas trabajadoras en edad fértil. En este grupo, el umbral de vigilancia biológica se reduce hasta los 4,5 µg de plomo por cada 100 mililitros de sangre.
Aunque tradicionalmente el plomo se ha asociado al ámbito industrial, su impacto en el sector sanitario es evidente. Profesionales que desarrollan su actividad en unidades de Radiología Intervencionista,
Medicina Nuclear o en el mantenimiento de equipos pueden estar expuestos de forma continuada, especialmente por el uso habitual de blindajes protectores. Ante este escenario, los médicos de los servicios de prevención deberán actualizar los
protocolos de vigilancia de la salud para detectar de forma precoz posibles efectos adversos.
El papel de la medicina del trabajo en la prevención
La norma introduce además, por primera vez, valores
límite ambientales para los diisocianatos, fijados en un VLA-ED de 6 µg NCO/m³. Estos compuestos, ampliamente utilizados en procesos industriales, son potentes sensibilizantes. Desde el punto de vista sanitario, el texto advierte del riesgo de desarrollar asma ocupacional y dermatitis, y subraya que la absorción no se produce únicamente por vía inhalatoria, sino también a través del contacto cutáneo.
En materia de higiene industrial, el decreto refuerza las medidas preventivas al clarificar el derecho del personal expuesto a disponer de
10 minutos de aseo antes de las comidas y otros 10 minutos al finalizar la jornada laboral. Esta medida actúa como una barrera esencial para evitar la ingesta accidental de contaminantes y la contaminación cruzada fuera del entorno de trabajo.
Por último, el papel del personal sanitario, especialmente de la medicina del trabajo, se consolida como un eje clave de la prevención. El
Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Insst) deberá actualizar su guía técnica para incorporar estos nuevos criterios de control biológico, fortaleciendo así la vigilancia y la protección de la salud laboral.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.