Ya es oficial. La
Ley para la mejora de la protección de las personas donantes donantes en vivo de órganos o tejidos se ha convertido en una de las últimas novedades legislativas del año. El ámbito sanitario suma así una norma que tanto la
Organización Nacional de Trasplantes (ONT) como el propio
Ministerio de Sanidad llevaban meses planteando. El anuncio se ha heho oficial este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se hace un especial hincapié en la
posición de España en el área de los trasplantes. Por un lado, en 13ª posición mundial de donantes de médula y la sexta europea. Además, el país es líder mundial en donación de órganos.
Los requisitos de los donantes
Los donantes en vivo ya disponían, hasta el momento, de algunas leyes que les protegían. De hecho, tenían una
serie de requisitos a cumplir:
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Que el donante sea mayor de edad.
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Que el donante goce de plenas facultades mentales y haya sido previamente informado de las consecuencias de su decisión.
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Que el donante otorgue su consentimiento de forma expresa, libre y consciente.
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Que el destino del órgano extraído sea su trasplante a una persona determinada, con el propósito de mejorar sustancialmente su esperanza o sus condiciones de vida, garantizándose el anonimato del receptor.
Sin embargo, ahora el BOE ha publicado una
protección completa para estos donantes. Un asunto que el Ministerio de Sanidad, capitaneado por Mónica García, llevaba tiempo reclamando. De hecho,
el pasado junio la ministra rindió homenaje a estos donantes. Justo en el mismo momento en el que España se aproximaba a la cifra de los
6.500 desde que se pusiera en marcha en 1989 el programa de trasplantes de riñón e hígado.
“La solidaridad y el compromiso social son los ejes que mueven nuestro Sistema Nacional de Salud (SNS)", dijo entonces la mandataria de la cartera sanitaria. Asimismo, García puso sobre relieve la
necesidad de "proteger" a estos donantes.
¿Qué reconoce la ley?
La norma, que fue aprobada la semana pasada en el Congreso tras su paso por el Senado, entrará en vigor el
24 de marzo de 2025. La ley reconoce un conjunto de permisos retribuidos para aquellas situaciones ligadas con la donación en vivo de órganos o tejidos que no están actualmente cubiertas. De este modo, la baja laboral por donación de órganos es considerada una situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes.
Esto implica que
no se exigirá un periodo previo de cotización para acceder a la prestación económica y esta se recibirá desde el primer día del inicio de la baja y será equivalente al cien por cien de la base reguladora establecida para la prestación de esta incapacidad.
Además, modifica el Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto Básico del Empleado Público para "articular un permiso retribuido por el tiempo indispensable para la asistencia a las sesiones de información, para la realización de los preceptivos informes y exámenes clínicos", cubriendo así aquellas ausencias necesarias que "no queden cubiertas por la situación especial de incapacidad temporal".
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