Política > Sanidad hoy

Ley de eutanasia del PSOE: el médico que la aprueba también la aplica

Deberá contar con la opinión de un segundo facultativo y ninguno de ellos podrá ser el médico habitual del paciente

Dirigentes del PSOE registrando la Proporsición de Ley Orgánica.

21 jun 2018. 15.35H
SE LEE EN 5 minutos
POR I. P. NOVA
El PSOE llevará al pleno del Congreso de los Diputados de la semana que viene la regulación de la eutanasia para que esta se incluya en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y sea de financiación pública. Una legislación novedosa que complementará la ya extraída del Parlament de Cataluña y que sitúa la figura del médico como uno de los agentes principales.

Será la profesión médica la encargada de estipular la idoneidad o no de los casos así como de dispensar o prescribir el fármaco que tiene como consecuencia la muerte. En el capítulo 3 de la proposición de ley, el documento estipula que el médico, antes de dar el visto bueno, tiene la obligación de "abrir un proceso deliberativo sobre diagnósticos con el paciente así como informarle de posibles cuidados paliativos".

El listado regional de objetores de conciencia recogerá las manifestaciones por escrito de los facultativos


En lo que respecta a su formación, el médico deberá estar formado en las patologías que padece el paciente pero sin pertenecer al equipo o servicio del médico responsable del mismo. Es decir, que si un paciente oncológico decide en el término final de su enfermedad acabar con su vida, no podrá ser el facultativo que le ha tratado  durante el tratamiento el que apruebe la práctica eutanásica, sino otro oncólogo. Además, está en las manos del doctor aspectos como comprobar si la solicitud es voluntaria e informar a los familiares y a todo el equipo médico.

Un listado regional de objetores de conciencia

Pese a todo lo estipulado anteriormente, la ley orgánica señala que existe derecho a la objeción y conciencia de los profesionales sanitarios. De esta forma, se obliga a las administraciones sanitarias autonómicas a crear un registro de objetores de conciencia en la ayuda a morir que recoja las peticiones individuales y manifestadas "anticipadamente y por escrito" de todos los profesionales sanitarios.

La legislación solicita, además, que exista una segunda opinión de un médico del mismo ámbito de las patologías padecidas por el solicitante. Este segundo facultativo deberá estudiar la historia clínica y examinar al paciente en un plazo de diez días para verificar a su compañero.

Centros especiales para prestar el servicio

Uno de los aspectos más directos de la relación paciente-facultativo es que el médico deberá administrar el fármaco directamente al paciente si este así lo requiere. De esta forma, el médico asistirá al solicitante hasta el momento de su muerte siendo, hasta en los casos en los que se lo administre el mismo paciente, "acompañante y observador hasta el momento final". El documento asegura que la práctica eutanásica se podrá ejecutar desde el propio domicilio o desde centros "prestadores del servicio".

Habrá una Comisión de Evaluación y Control en cada CCAA que evaluará la práctica después de ejecutarse



La legislación del PSOE recoge, de esta forma, la figura de estos nuevos centros especializados que deberán ofertar la eutanasia "desde la intimidad y la confidencialidad" y contando con sistemas de custodia activa de los historiales contando con medidas seguridad del nivel alto.

Comisión de Evaluación y Control

El papel del médico se verá, además, complementado por una Comisión de Evaluación y Control que tendrá el consentimiento final de estas prácticas. Este órgano, de carácter autonómico, recibirá todos los documentos de la prestación de ayuda a morir "en un plazo de días hábiles después de esta".  En dichos papeles, se estipularán aspectos como la enfermedad de la persona, la fecha y el lugar de la muerte, la naturaleza de su sufrimiento, etc…

La Comisión estudiará los casos que los médicos han denegado previamente para establecer un dictamen al respecto. De esta manera, si el medico deniega la solicitud de la prestación de la ayuda a morir, la Comisión tendrá 15 días hábiles para evaluar el caso y el motivo de la denegación.

El papel de la Enfermería

Aunque el texto apenas haga referencias a otras profesiones más allá de la médica, sí se estipula que las enfermeras que pertenezcan al equipo asistencial deberán de tener comunicación de la petición de la prestación así como estar "implicadas" en el proceso de ayuda para morir "debiendo abstenerse de imponer criterios de adaptación basados en los suyos propios".

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.