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La UE se pone seria en Salud Pública con sus restricciones a los cosméticos

La reforma del reglamento también aumenta las limitaciones en las sustancias para cosméticos de uso diario

Imagen de una crema de uso diario.


14 ene 2026. 05.20H
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La Unión Europea (UE) ha modificado el Reglamento n.º 1223/2009 para endurecer las normas sobre el uso de determinadas sustancias en productos cosméticos. El objetivo es reforzar la protección de la salud pública mediante la prohibición o restricción de ingredientes clasificados como carcinógenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción (CMR), lo que obligará a fabricantes y distribuidores a reformular sus productos si quieren seguir comercializándolos en la UE. La medida se basa en la evidencia científica más reciente. Los productos afectados deberán retirarse pronto del mercado.


Puntos clave de la actualización del reglamento de cosméticos


La Unión Europea ha llevado a cabo una actualización técnica de su Reglamento sobre productos cosméticos con el objetivo de reforzar la seguridad de los consumidores y limitar la presencia de sustancias consideradas peligrosas. La reforma se centra en regular de forma más estricta el uso de determinados ingredientes clasificados como tóxicos, especialmente aquellos que podrían suponer un riesgo para la salud según la evidencia científica más reciente.

Con todo, la principal novedad es la ampliación de la lista de sustancias prohibidas. A partir de la entrada en vigor de la normativa, ciertos ingredientes hasta ahora presentes en productos de uso cotidiano, como cremas, champús o maquillaje, se restringirán de forma definitiva por su potencial carácter cancerígeno o por su posible impacto negativo en la fertilidad y la reproducción. No se trata de una recomendación ni de una restricción parcial: los cosméticos que contengan estas sustancias no podrán fabricarse ni comercializarse en el mercado europeo.

Además de las prohibiciones, el reglamento introduce nuevas limitaciones para otros ingredientes que seguirán permitidos, pero bajo condiciones más estrictas. En estos casos, se reducen los porcentajes máximos autorizados con el fin de evitar efectos tóxicos derivados del uso diario y acumulado de los productos. Asimismo, algunas sustancias solo podrán emplearse en tratamientos de uso profesional y quedarán fuera del alcance del público general.


Plazos para la adaptación a la nueva normativa


La actualización del reglamento europeo de cosméticos no será inmediata, pero sí obligatoria. Los fabricantes dispondrán de un plazo limitado, previsiblemente de unos meses tras la publicación oficial de la norma, para dejar de introducir en el mercado nuevos productos que contengan las sustancias ahora prohibidas. No obstante, no se concreta la duración exacta de este plazo. Una vez transcurra este periódico, se abrirá una segunda fase en la que los comercios deberán retirar de sus estanterías cualquier artículo antiguo que todavía incluya estos ingredientes.

Por otra parte, las empresas estarán obligadas a actualizar el Expediente de Información del Producto (PIF), un documento clave para acreditar que sus fórmulas cumplen con la nueva legislación. Para fabricantes y distribuidores, la reforma implica reformular de inmediato sus productos si quieren mantener la licencia de venta en la Unión Europea. En consecuencia,  se reforzará el control sobre el etiquetado de los ingredientes (INCI), con el objetivo de que los consumidores puedan identificarlos con mayor facilidad.
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