La crisis sanitaria del Covid-19 ha despertado un incremento en el número de peticiones para acceder al
historial clínico de los usuarios fallecidos en las residencias de la tercera edad por parte de sus familiares directos. La
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha advertido sobre este cambio de tendencia en una nueva sección informativa que ha abierto en su portal web para facilitar las consultas sobre cuestiones relacionadas con la salud.
El organismo dirigido por Mar España ha explicado que ha registrado un
“aumento” en estas reclamaciones, aunque no siempre se han contestado de manera homogénea por parte de los responsables de los centros que han aplicado diferentes criterios. “
Se aprecia un cierto desconocimiento por parte de estos establecimientos”, han lamentado.
La agencia ha citado algunos casos controvertidos como la petición de una persona que solicitó en
agosto de 2020, tras la primera oleada de contagios de coronavirus, el acceso a la historia clínica de su madre fallecida. Sin embargo, un mes después los responsables de la residencia denegaron la petición porque ella no había sido la
firmante del contrato de ingreso.
Finalmente, la AEDP ha resuelto a favor de la hija, al estimar que la
Ley de la Autonomía del Paciente reconoce su
derecho a poder acceder al historial. “Los centros sanitarios y los facultativos de ejercicio individual sólo facilitarán el acceso a la historia clínica de los pacientes fallecidos a las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho,
salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite”, reza el artículo 18.4 de la normativa.
En términos generales, la agencia ha recordado que la normativa facilita el acceso a los historiales en su totalidad, con la excepción de aquellas anotaciones que sean de
carácter subjetivo o de los datos en los que se pueda
perjudicar a una tercera persona.
Eliminar datos clínicos lleva 5 años
La AEDP también ha recogido algunos casos en el sentido contrario, como el de una hija de un paciente fallecido en una residencia que solicitó la
supresión del informe con la historia clínica de su padre. Sin embargo, los responsables se opusieron a llevar a cabo esta petición al no haber transcurrido los
5 años desde que se elaboró el documento que figura en la ley.
La agencia ha recordado que la
responsabilidad sobre la supresión de los datos es una competencia que recae sobre los
profesionales sanitarios, que deben tener en cuenta si la historia contiene información relevante para dar asistencia, así como su posible uso para otros fines como los
epidemiológicos, judiciales, de salud pública o de investigación.
Más allá de los casos de las residencias, la agencia también ha puesto el foco en otras situaciones como las peticiones de acceso a los informes dentales en las clínicas que
han cerrado de forma precipitada o algunas infracciones por parte de profesionales sanitarios que han accedido sin legitimación a i
nformación de compañeros de trabajo o familiares. “No son muy numerosas, pero si se siguen produciendo”, han remarcado.
Las reclamaciones suben en sanidad un 75%
Estas aclaraciones forman parte de la sección de datos de la salud que ha elaborado la AEDP para resolver las dudas de los usuarios y mostrar criterios en materia de
legislación, doctrina y precedentes. El estreno de la sección se produce después de que en el último año se hayan registrado
680 reclamaciones, lo que supone un 75 por ciento más que en 2020.
Esta sección ha incorporado también los temas relacionados con
la investigación sanitaria o los ensayos clínicos, así como las brechas en el tráfico de datos personales en el sector de la salud. En el segundo semestre del año, un 15 por ciento de las notificaciones por datos estuvieron relacionadas con la rama asistencial del sector de la salud.
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