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La OMC planta cara a la Fiscalía en defensa de los colegios profesionales

Tras la circular publicada donde interpreta que los colegios profesionales deben tener responsabilidad penal

Sede de la Fiscalía General del Estado.

16 abr 2016. 14.40H
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POR REDACCIÓN
Indignación en la Organización Médica Colegial (OMC). La interpretación de la Fiscalía General del Estado sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, concretamente de los colegios profesionales, a los que considera “entes de naturaleza privada” y los equipara con partidos políticos, sindicatos y cámaras de comercio ha sido uno de los puntos del día tratados en la asamblea general de la OMC, donde se ha decidido trasladar ante la instancia pública el “profundo malestar” generado por dicho análisis.

La circular, publicada por la Fiscalía General del Estado 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015, trata de adoptar criterios uniformes para todos los Fiscales en la aplicación de la responsabilidad de las personas jurídicas, para combatir la delincuencia económica  en el ámbito empresarial.

No obstante, incluye a los colegios profesionales y los Consejos Generales, lo que, según denuncia la OMC, no tiene relación con la naturaleza de los mismos como “corporaciones de derecho público” ni con sus fines entre los que están la protección de los derechos de los usuarios y, en el caso de los colegios médicos, como garantes de los derechos de los ciudadanos a la asistencia sanitaria.

Para la OMC, esta nueva circular, que considera  de “gran trascendencia”, “desvirtúa” la propia naturaleza de los colegios profesionales con carácter general y, específicamente, de los colegios de médicos. Asimismo, recuerdan que esta publicación interpreta de forma diferente otra enviada por la Fiscalía General del Estado en 2011, en la que se excluía de responsabilidad penal a los colegios profesionales, aunque no con carácter general, al considerar que constituyen cuerpos intermedios y que, a pesar de que  tienen en sus fines la defensa de intereses privados, participan, en mayor o menor medida, en tareas de naturaleza pública.

Por todo ello, la OMC, junto con Unión Profesional, elevará a la Fiscalía General del Estado la petición de que reconsidere el criterio aplicado en esta circular y se aplique el establecido en la Circular de 2011, que entendió que la responsabilidad penal de los colegios no podía considerarse excluida con carácter general porque participan, en mayor o menor medida,  en tareas de naturaleza pública.

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