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La nueva 'cumbre' alimentaria cuenta con tres portavoces de Sanidad

Una Vicepresidencia de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria la ocupará Salud Pública

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños.

03 nov 2021. 10.20H
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles el real decreto mediante el que se crea la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (CIOA) y en el que se determina su composición y funciones. Así, en cuanto a la representación del Ministerio de Sanidad, el texto establece que como vocales habrá dos personas; y una de las vicepresidencias será ocupada por la directora general de Salud Pública, Pilar Aparicio. 

La CIOA es un órgano colegiado que nace con el objetivo de coordinar y armonizar las disposiciones normativas referidas al ámbito alimentario. Sus informes tienen carácter preceptivo en los aspectos técnicos, sanitarios, de comercialización y de protección al consumidor en el ámbito de la ordenación alimentaria. Esta Comisión se adscribe a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan).

La presidencia la ejercerá el presidente de la Aesan y habrá cuatro vicepresidencias, que serán los titulares de la Dirección General de Consumo, de la Dirección General de Salud Pública, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios; y de la Dirección General de la Industria Alimentaria.

Por su parte, hay cuatro vocales, entre los que se encuentran los representantes del Ministerio de Sanidad ya citados:

  • El director ejecutivo de la Aesan.
  • Dos personas en representación del Ministerio de Sanidad, destinadas en puestos con rango de subdirector general, designadas por la persona titular de la Subsecretaría de Sanidad.
  • Una persona, destinada en puesto con rango de subdirector general, en representación de cada uno de los siguientes departamentos ministeriales: Hacienda y Función Pública, Industria, Comercio y Turismo, Agricultura, Pesca y Alimentación, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Política Territorial, designadas por las personas titulares de las respectivas Subsecretarías.
  • Dos personas destinadas en puestos con rango de subdirector general, una en representación de la Secretaría de Estado para la Unión Europea y otra en representación de la Secretaría de Estado de Comunicación, designadas por las personas titulares de las respectivas secretarías de Estado.

¿Cuáles son las funciones de la CIOA?


Las funciones de la CIOA son:
  • Establecer los conceptos básicos y los criterios armonizadores de las disposiciones normativas referidas al ámbito alimentario.
  • Informar, con carácter preceptivo, las disposiciones de carácter general referidas al ámbito de la ordenación alimentaria.
  • Formular cuantas mociones, propuestas o recomendaciones considere convenientes en materia alimentaria.
  • Mantener actualizada la documentación e información nacional e internacional en lo referente al sector alimentario.
  • Efectuar las tareas de estudio, coordinación y asesoramiento que precisen los asuntos relacionados con la ordenación alimentaria sometidos a su consideración o por su propia iniciativa.
  • Constituir ponencias o grupos de trabajo en relación con aspectos concretos de aplicación y desarrollo de la normativa alimentaria española. 
  • Las relaciones y coordinación con los Comités de Expertos de los Organismos Internacionales especializados y singularmente con la Comisión del Codex Alimentarius.
  • Cuantos otros cometidos en materia de ordenación alimentaria le sean encomendados por los departamentos ministeriales competentes.


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