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La ley antialcohol en menores debe "clarificar" la financiación sanitaria

La CNMC sugiere que, dado que la norma propone obligaciones para el SNS, debe concretar su ejecución

Cani Fernández, presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

28 oct 2024. 18.00H
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El pasado 30 de julio, el Consejo de Ministros dio el visto bueno al anteproyecto de ley de prevención del consumo de alcohol en menores de edad, otra de las iniciativas estrella del Ministerio de Sanidad de Mónica García cuya tramitación normativa está en marcha. Aunque la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha valorado la futura norma, ha hecho pública una serie de recomendaciones para perfeccionarla, entre estas, indica que “deberían clarificarse” su financiación y ejecución en tanto en cuanto “propone obligaciones en materia sanitaria”.

El anteproyecto de ley para prevenir el alcohol en menores establece diversas medidas enfocadas a prevenir el consumo de bebidas alcohólicas retrasando la edad de inicio para ello, protegiendo las consecuencias del consumo y reduciendo el consumo intensivo. También se establece la inclusión de los niveles de consumo en las historias clínicas de menores.

Por otro lado, se indica que el Sistema Nacional de Salud (SNS) habrá de fichar a profesionales como "educadores o de trabajo social” para llevar a cabo una intervención inmediata de atención o derivación a recursos comunitarios de las personas menores de edad y sus familias o representantes legales que acudan a la consulta médica por intoxicaciones agudas. El texto se elevó a audiencia pública el 6 de agosto, y el plazo para presentar alegaciones concluyó el 6 de septiembre.


Visto bueno a la ley antialcohol en menores con matices


La futura norma, según la CNMC, “se adecua a los principios de buena regulación”. Además, no se han apreciado “restricciones injustificadas a la competencia”. Sin embargo, se sugiere al Ministerio de Sanidad que aclare “algunas de las obligaciones que crea la ley y su forma de financiación, particularmente en el ámbito sanitario”.

Además de ello, se aportan otras propuestas de mejoras como “una mayor justificación de las limitaciones a la publicidad en la vía pública en cuanto al radio de distancia de los centros frecuentados por menores”, como colegios y centros educativos en general. También se pide adecuar el régimen temporal de las prohibiciones de contratar al establecido por la normativa de contratación del sector público, “salvo que se acrediten razones de interés público”.

También se sugiere hacer ajustes en la normativa de regulación audiovisual y de telecomunicaciones “en lo relativo a la prohibición de publicitar bebidas alcohólicas a menores por parte de los prestadores de servicios audiovisuales, plataformas de intercambio de vídeos y redes sociales”.

Por último, se plantea incluir el control parental para impedir la difusión de publicidad de bebidas alcohólicas y tipificar el incumplimiento de la publicidad a través de servicios de comunicaciones electrónicas.

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