La
Agencia Tributaria habilitará un formulario para devolver el
IRPF de las prestaciones de maternidad desde 2014. Esta solución llega después de la sentencia del
Tribunal Supremo que declaraba exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (
IRPF) las retenciones por las prestaciones de maternidad.
Hacienda tiene previsto tener preparado el procedimiento de devolución en el menor tiempo posible. Será a través de un formulario específico de solicitud, que habilitará la
Agencia Tributaria, en el que la persona que deberá recibir la prestación debe indicar los años en los que la ha percibido y un número de cuenta bancaria del que sea titular.
Se pueden reclamar las declaraciones de la Renta de 2014, 2015, 2016 y 2017
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Las personas afectadas pueden reclamar las declaraciones de la Renta de 2014, 2015, 2016 y 2017. La medida que se va a llevar a cabo podría suponer un coste de
1.200 millones de euros para las arcas públicas.
En el caso de solicitudes de rectificación de declaraciones que hayan sido
desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia: si el recurso todavía se encuentra pendiente de resolución, será el correspondiente órgano revisor el que se pronuncie sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo. Por otra parte, si la resolución, hubiera adquirido firmeza,
no será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución alguna.
En relación con las prestaciones públicas por maternidad percibidas durante este año 2018, en la próxima campaña de
renta la AEAT ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como
rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles.
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