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Igualdad de género: entra en vigor el observatorio de mujeres científicas

El objetivo es impulsar una política que permita que las mujeres puedan estar presentes en el mundo de la ciencia

La secretaria de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, Ángeles Heras.

11 dic 2018. 11.40H
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se establece la creación del Observatorio 'Mujeres, Ciencia e Innovación' (OMCI) para la igualdad de género en el sistema español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

En el nuevo órgano, que estará presidido por la secretaria de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, Ángeles Heras, contará con la participación de ocho ministerios con el objetivo de aumentar la presencia de las mujeres en los sectores de la ciencia, la investigación y el desarrollo. El Ministerio de Sanidad estará al frente de la octava vocalía.
 

Funciones


El Observatorio de las Mujeres, Ciencia e Innovación desempeñará las siguientes funciones:

a) De seguimiento

1. Actuar como órgano permanente de recogida y análisis de la información disponible en diferentes fuentes nacionales e internacionales sobre la igualdad de oportunidades en el ámbito científico, tecnológico, de investigación y universitario, incluidos los compromisos y políticas de la Unión europea en esta área y las acciones de impulso.

2. Recibir información sobre medidas y actividades realizadas por los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

3. Realizar un seguimiento de las actuaciones del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y de sus organismos y entidades, así como de otros departamentos ministeriales y de otras administraciones públicas, y en general de todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, en materia de igualdad de género.

4. Conocer los Planes de Igualdad de los Organismos Públicos de Investigación y los resultados de su seguimiento anual, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Se evaluarán las actuaciones de los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia


5. Conocer las actuaciones realizadas por las unidades de igualdad de las universidades establecidas por la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

6. Realizar el seguimiento de las actuaciones que pudieran abordarse en el ámbito del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y de sus organismos y entidades, así como de otros departamentos ministeriales y de otras administraciones públicas, y en general de todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, en materia de prevención y lucha contra el acoso laboral y el acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo, incluyendo la violencia de género.

7. Facilitar al Observatorio de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades información sobre las actuaciones realizadas.

b) De informe y evaluación

1. Evaluar el impacto en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación de las políticas y medidas de igualdad de género.

2.  Evaluar la situación de las mujeres en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

3. Evaluar las actuaciones de los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación en materia de igualdad de género.

4. Promover la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres científicas, tecnólogas e investigadoras en España.

5. Informar todos aquellos asuntos que sean sometidos a su criterio en materia de igualdad de oportunidades en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación por los Departamentos ministeriales que participan en el Observatorio, así como aquellos asuntos que el Observatorio considere de interés.

c) De propuesta

1. Formular recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar los indicadores y sistemas de información relacionados con las mujeres en estos ámbitos.

2. Formular recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar la situación de las mujeres en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Se formularán recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar la situación de las mujeres en el Sistema Español de Ciencia


3. Proponer la adopción de medidas y la realización de actuaciones para la igualdad de género por los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las de acción positiva.

4.  Integrar el análisis de género en el contenido de la investigación, desarrollo e innovación.

5. Proponer acciones para visibilizar la trayectoria de científicas actuales y del pasado como referentes para las niñas y adolescentes que desean estudiar ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas.

6. Diseñar acciones de fomento de las vocaciones científicas en niñas y adolescentes, en especial en ingenierías y matemáticas, donde las mujeres continúan muy infrarrepresentadas.



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