El
Boletín Oficial del Estado (BOE) ha
aprobado este martes el Real Decreto por el que se establece la creación del
Observatorio 'Mujeres, Ciencia e Innovación' (OMCI) para la igualdad de género en el sistema español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
En el nuevo órgano, que estará presidido por la secretaria de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación,
Ángeles Heras, contará con la participación de ocho ministerios con el objetivo de
aumentar la presencia de las mujeres en los sectores de la ciencia, la investigación y el desarrollo. El Ministerio de Sanidad estará al frente de la octava vocalía.
Funciones
El Observatorio de las Mujeres, Ciencia e Innovación desempeñará las siguientes
funciones:
a) De seguimiento
1. Actuar como
órgano permanente de recogida y análisis de la información disponible en diferentes fuentes nacionales e internacionales sobre la igualdad de oportunidades en el ámbito científico, tecnológico, de investigación y universitario, incluidos los compromisos y políticas de la Unión europea en esta área y las acciones de impulso.
2.
Recibir información sobre medidas y actividades realizadas por los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
3. Realizar un
seguimiento de las actuaciones del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y de sus organismos y entidades, así como de otros departamentos ministeriales y de otras administraciones públicas, y en general de todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, en materia de
igualdad de género.
4.
Conocer los Planes de Igualdad de los Organismos Públicos de Investigación y los resultados de su seguimiento anual, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Se evaluarán las actuaciones de los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia
|
5.
Conocer las actuaciones realizadas por las unidades de igualdad de las universidades establecidas por la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
6.
Realizar el seguimiento de las actuaciones que pudieran abordarse en el ámbito del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y de sus organismos y entidades, así como de otros departamentos ministeriales y de otras administraciones públicas, y en general de todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, en materia de prevención y lucha contra el acoso laboral y el acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo, incluyendo la violencia de género.
7.
Facilitar al Observatorio de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades
información sobre las actuaciones realizadas.
b) De informe y evaluación
1.
Evaluar el impacto en el
Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación de las políticas y medidas de igualdad de género.
2.
Evaluar la situación de las mujeres en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
3.
Evaluar las actuaciones de los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación en materia de igualdad de género.
4.
Promover la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres científicas, tecnólogas e investigadoras en España.
5.
Informar todos aquellos asuntos que sean sometidos a su criterio en materia de igualdad de oportunidades en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación por los Departamentos ministeriales que participan en el Observatorio, así como aquellos asuntos que el Observatorio considere de interés.
c) De propuesta
1.
Formular recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar los indicadores y sistemas de información relacionados con las mujeres en estos ámbitos.
2. Formular recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar la situación de las mujeres en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Se formularán recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar la situación de las mujeres en el Sistema Español de Ciencia
|
3.
Proponer la adopción de medidas y la realización de actuaciones para la igualdad de género por los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las de acción positiva.
4.
Integrar el análisis de género en el contenido de la investigación, desarrollo e innovación.
5.
Proponer acciones para visibilizar la trayectoria de científicas actuales y del pasado como referentes para las niñas y adolescentes que desean estudiar ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas.
6.
Diseñar acciones de fomento de las vocaciones científicas en niñas y adolescentes, en especial en ingenierías y matemáticas, donde las mujeres continúan muy infrarrepresentadas.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.