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España adapta su ley antidopaje a las directrices de la Agencia Mundial

El organismo internacional considera que el país incumple sus normas

El portavoz del Ejecutivo Íñigo Méndez de Vigo.

17 feb 2017. 17.50H
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POR REDACCIÓN
El Gobierno ha aprobado un decreto, dado a conocer en el pleno del Consejo de Ministros, que modifica la ley orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje, de modo que se adapte la normativa vigente a las disposiciones comunitarias al respecto.

Así lo ha dado a conocer el ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo, tras la reunión semanal del Consejo de Ministros. Méndez de Vigo se felicitó por la aprobación de esta Real Decreto Ley porque, según explicó, "no fue posible" antes, en los años 2015 y 2016, por la interinidad del Gobierno en funciones.

"No fue posible cuando teníamos que haberlo hecho en 2015 y 2016 porque había un Gobierno en funciones y la ley impedía presentar proyectos de Ley. Teníamos una urgente necesidad de remediar esta situación. Lo hemos remitido a la AMA, que está de acuerdo con el contenido", dijo Méndez de Vigo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

De este modo, el Ejecutivo busca cumplir los requisitos que exige el Código Mundial Antidopaje para que éste dé por válido el cumplimiento de España en esta materia.

Por el momento, la Agencia Mundial Antidopaje ha dictaminado que el gobierno español no cumple el citado código, situación que se espera revertir con el nuevo decreto.

De hecho, como consecuencia de ese veredicto del organismo internacional, la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (Aepsad) no puede realizar controles antidopaje y se mantiene suspendida la acreditación del Laboratorio de Control del Dopaje de Madrid.

Endurecimiento de las sanciones y aumento del tiempo de prescripción

Asimismo, la nueva legislación española establecerá el incremento del periodo de prescripción de la infracción de dopaje, de 8 a 10 años, lo que conlleva que se aumente también el periodo de conservación de las muestras de controles de dopaje para poder practicar un posible reanálisis de las mismas.

Además se intensifica el deber del deportista de informar sobre su localización, considerando como infracción grave faltar a estas obligaciones tres veces en un plazo de doce meses (antes era de 18 meses) y el plazo comenzará a computar desde el primer día del incumplimiento que haya de tenerse en cuenta.

En el caso de las sanciones, la modificación que introduce el Real Decreto Ley establece el endurecimiento de las sanciones estándar por presencia, uso o posesión de sustancias y métodos prohibidos en el deporte de 2 a 4 años de inhabilitación. La posibilidad de ser sancionado por dopaje se extiende también a médicos, clubes y directivos, entre otros.

También dentro de las sanciones se incluye la confesión inmediata como circunstancia que modifica la responsabilidad, favoreciendo la colaboración de aquellos deportistas implicados en casos de dopaje "en la reparación del daño causado a su deporte y en el descubrimiento y sanción de los últimos responsables de su dopaje".

Nueva ubicación de competencias del Consejo Superior de Deportes

Por otro lado, el decreto procede a reubicar en el Consejo Superior de Deportes las competencias en materia de salud en el deporte, en cumplimiento con las exigencias de la Agencia Mundial Antidopaje.

El decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros, cuyo contenido cuenta con el visto bueno de la Agencia Mundial Antidopaje, ya ha sido trasladado a todos los grupos parlamentarios del Congreso y del Senado.

Todos ellos han manifestado su apoyo a la convalidación de esta norma. Las comunidades autónomas, en el seno de la Conferencia Interterritorial del Deporte celebrada el nueve de febrero, también han sido informadas sobre el contenido de la reforma.

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