El
Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (CNIC)
no tiene un sistema de selección y gestión de servicios bancarios e inversiones financieras. Es una de las incidencias que destaca el Tribunal de Cuentas tras
aprobar el informe de fiscalización de la fundación correspondiente al ejercicio 2014.
El órgano fiscalizador afirma que, pese a que las
cuentas representan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la entidad, es necesario hacer aclaraciones como la referida a los servicios financieros, en la que recuerda, además, que la
última vez que se evaluaron ofertas fue en 2006. Es decir, que a tenor del informe del Tribunal de Cuentas, el CNIC ha pasado, al menos, ocho años -el informe corresponde a 2014- sin un análisis que refrendara la utilidad de sus inversiones.
El documento también incide en la existencia de
diferencias a la hora de calcular costes con sus bienes inmuebles. En concreto, con el
aparcamiento de su sede, calculado para una cesión de 25 años en lugar de 18 años y cinco meses, "lo que determina que el inmovilizado intangible esté sobrevalorado en 407.500 euros".
El mismo problema de contabilidad existe con los
bienes cedidos y recibidos sobre equipamiento científico que no ha sido contabilizado, "lo que determina la sobrevaloración del inmovilizado material de la amortización acumulada en, al menos, 518.706 euros y 69.614 euros respectivamente".
El Tribunal recuerda que, del anterior informe, falta aún un marco normativo interno de colaboración
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Errores contables
Respecto a los
equipos de laboratorio de la fundación también figura un equipamiento adquirido mediante arrendamiento con opción de compra cuya cuenta "se encuentra sobrevalorada en 8.941.891 euros y la amortización acumulada y los gastos de amortización están infravalorados en 1.120.587 euros". Esto se debe a que la amortización se está haciendo en 10 años en lugar de los cinco que se aplican a los bienes de laboratorio.
El fiscalizador también señala en su informe que en los supuestos de
modificación de contratos, los pliegos carecen a la precisión adecuada al no especificar las condiciones en las que procede aplicar la modificación, el alcance y el límite de la misma.
Varias recomendaciones
Por estos motivos descritos, el Tribunal de Cuentas recomienda al CNIC que
apruebe un sistema de gestión y selección de inversiones financieras y que elabore un procedimiento escrito para la gestión del cobro de deudores. Además, señala que la fundación debe corregir determinados aspectos en la gestión del inmovilizado y que lleve a cabo un estudio sistemático sobre el deterioro del valor de existencia en el almacén.
Respecto a la contratación, también recomienda al CNIC que defina "de forma adecuada en los pliegos de contratación las condiciones en que proceda la modificación de los contratos. Precisamente el fiscalizador alerta en su informe sobre la situación de
Valentín Fuster, director general de la entidad que pese a llevar siete años al frente del CNIC
no tiene su contrato formalizado, motivo por el cuál instaba a la fundación a subsanarlo.
En su escrito publicado, el Tribunal de Cuentas hace una última referencia al
cumplimiento de sus recomendaciones respecto al informe anterior, señalando que han sido implementadas salvo una: "la necesidad de elaborar un marco normativo interno que regule los diferentes tipos de convenios de colaboración, conciertos o acuerdos; y los criterios para determinar la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de los licitadores.
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