La reforma del sistema de pensiones formulada por el Gobierno de coalición
ya ha entrado en vigor. A partir de este 1 de octubre se ha materializado la modificación del cálculo de la pensión, que
beneficiará a más de 270.000 sanitarios. Ya prevalece el nuevo artículo que
equipara cualquier tipo de jornada laboral a la hora de compatibilizar los años acumulados de trabajo. La decisión busca
mejorar las condiciones de aquellas personas que hayan concentrado contratos a tiempo parcial a lo largo de su vida, algo que
afecta especialmente a las mujeres.
La norma que ha entrado en vigor implica modificar el
artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social de 2015, que regula el cómputo de períodos de cotización. "A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para tener derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cura de menores, se tendrán en cuenta los diferentes períodos durante los cuales el trabajador haya estado de alta con un contrato a tiempo parcial,
sea cual sea la duración de la jornada realizada en cada uno", reza el texto.
Hasta ahora, si un sanitario había cotizado diez años al 60 por ciento de la jornada, a efectos de jubilación
solo le contaban seis años. A partir de ahora, en cambio, con los mismos condicionantes,
se le contarán diez años de cotización.
En total, se beneficiarán
más de dos millones de trabajadores con contratos a tiempo parcial que se podrán beneficiar del cambio. La mayoría son mujeres, ya que según el último informe del Mercado de Trabajo de las Mujeres publicado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
el 67,4 por ciento de las mujeres afiliadas el año pasado tenían contratos parciales. La mayoría de contratos de mujeres están vinculados al comercio y los servicios,
incluidas las actividades sanitarias, los servicios de alimentación, los de asistencia en residencias y de personal doméstico.
Alumnos en prácticas
El real decreto que ha entrado en vigor también incluye al
alumnado en prácticas en el sistema de la Seguridad Social. A partir de ahora, los estudiantes en prácticas formativas o académicas externas, incluidos los programas de formación de las empresas, instituciones o entidades, deberán cotizar a la Seguridad Social, y
asimilará su figura a la de los trabajadores a cuenta ajena.
La reforma afecta tanto a los estudiantes universitarios como los de formación profesional, siempre que estén dentro del régimen de formación profesional intensiva, y
tanto si las prácticas están remuneradas como si no. La cotización en las empresas, instituciones o entidades para estos estudiantes en formación
estará bonificada en el 95 por ciento.
Por último,
la reforma de este artículo no tiene efectos retroactivos ni afecta al cómputo del paro. Además,
la jubilación parcial no está incluida, ya que ha quedado fuera de este cambio normativo.
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