Mujer, mayor de 65 años y residente en Navarra, así es el perfil mayoritario del
paciente que tramita el testamento vital. Son las conclusiones que se extraen de los datos recopilados por el
Ministerio de Sanidad hasta octubre de 2022, un informe que refleja precisamente el éxito de este trámite entre la población de esa misma comunidad, donde además se registra la tasa más elevada por cada 1.000 habitantes (20,62). Por el contrario, en Ceuta y Melilla apenas se supera el uno por cada mil.
Según las cifras que se han hecho públicas en un documento, existe un total de 391.799 testamentos vitales registrados. En líneas generales, son pocos los pacientes que tramitan este documento que registra las
últimas voluntades y que da instrucciones y disposiciones sobre el cuerpo y sus
órganos post-mortem. Según el registro de
Sanidad el
porcentaje de declarantes con instrucciones previas en España no alcanza el uno por ciento y la tasa nacional por cada mil habitantes se sitúa en 8,27, de los que 5,03 son mujeres y 2,95 son hombres. Las cifras totales reflejan que hay casi 100.000 mujeres más que hombres en este registro, con un total de 238.527 perfiles femeninos (60,8 por ciento) frente a los 139.739 masculinos (35,66 por ciento).
Pese a su poca popularidad entre los españoles, hay zonas donde es más habitual que los pacientes registren el denominado
testamento vital. Tras el dato de
Navarra, hay otras dos comunidades que destacan respecto a la media nacional:
País Vasco y
La Rioja. En la primera, la tasa por cada mil habitantes es de 17,72 y en la segunda de 14,10.
Total de menores de edad con testamento vital
El registro de Sanidad también recoge el número total de menores de edad que han oficializado el
documento de instrucciones previas, un derecho que no se permite por igual en todo el territorio nacional. En total, hay 37 pacientes con una edad inferior a los 18 años que constan como declarantes y su lugar de residencia se sitúa en
Cataluña (24),
Aragón (9) y
Baleres (4).
Andalucía, la
Comunidad Valenciana o
Melilla, que también permiten a
menores emancipados gestionar esta declaración, no cuentan con ningún registrado en esta franja de edad.
Más de la mitad de declarantes son mayores de 65 años
En la clasificación por edades, el sector mayoritario con
testamento vital es que supera los 65 años. En total, existe en el registro nacional un total de 228.661 declarantes en esta franja de edad, lo que supone el 58,36 por ciento del total (391.799). La cifra va menguando según desciende la edad de los pacientes. Así, el grupo con una edad comprendida entre los 51 y los 65 cuenta con 109.102 registros (27,84 por ciento) frente a los 48.218 (12,30 por ciento) del grupo que se sitúa entre los 31 y los 50.
El sector minoritario entre los mayores de edad es en de los jóvenes entre 18 y 30 años, donde solo se han producido unos escasos 5.781 registros de
declaración de últimas voluntades, lo que se traduce en un 1,47 por ciento del total de registros que constan en Sanidad.
La voluntad del paciente para la asistencia sanitaria
El
Registro Nacional de Instrucciones Previas asegura que independientemente del lugar en el que haya sido formalizado el documento, la voluntad del paciente pueda ser conocida precisa y oportunamente por los profesionales de la salud a los que, en su momento, corresponda la responsabilidad de la asistencia sanitaria que deba prestársele.
El
documento de instrucciones previas constituye, pues, la expresión del respeto a la autonomía de las personas que, de este modo, pueden decidir sobre aquellos c
uidados y tratamientos que desean recibir o no en el futuro si se encuentran ante una determinada circunstancia o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos. No solo permite al paciente influir en las futuras
decisiones asistenciales, sino que facilita a los
profesionales de la salud la toma de decisiones respetuosas con la voluntad del enfermo cuando este no tiene ya capacidad para decidir por sí mismo.
Un registro nacional de instrucciones previas
El registro quedó establecido en el RD 124/2007, de 2 de febrero, que recoge la creación de un fichero destinado a “facilitar el conocimiento de la existencia y localización de las inscripciones de los
documentos de instrucciones previas realizadas en todo el territorio nacional, el Ministerio de Sanidad y Consumo”.
“La inscripción en el
Registro Nacional de Instrucciones Previas asegura la eficacia y posibilita el conocimiento en todo el territorio nacional de las instrucciones previas otorgadas por los ciudadanos que hayan sido formalizadas", añade el decreto.
Asimismo, recoge que la unidad encargada del
Registro Nacional de Instrucciones Previas “adoptará las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, la seguridad y la integridad de los datos comprendidas en el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal”.
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