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El Supremo ratifica la colegiación obligatoria de los sanitarios

Para velar por la garantía y seguridad de los pacientes

Exteriores del Tribunal Supremo.

23 jul 2018. 15.00H
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POR REDACCIÓN
Una sentencia del Tribunal Supremo acredita la colegiación obligatoria promovida de oficio, para velar por la garantía y seguridad de los pacientes y para que el profesional ejerza la profesión legalmente y no incurra en actos ilegales.

El Tribunal Supremo ha dictado esta sentencia después de que la Generalitat Valenciana interpusiese un recurso de casación a un fallo dictado en marzo por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que validaba por primera vez la medida de colegiación obligatoria forzosa ejercida por un colegio profesional, en este caso por el Colegio de Ópticos Optometristas de la Comunidad Valenciana.

En este sentido, la sentencia dice que los colegios profesionales “están obligados a admitir a toda persona que reúna los requisitos para el ejercicio de la profesión” y que “la colegiación sólo es obligatoria cuando lo establezca una norma estatal con rango de ley” si bien, mientras no se publique esta normal, es obligatoria la colegiación y se mantendrá la vigencia de las obligaciones de colegiación existentes en la actualidad.


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