El
Gobierno de España pretende ejercer de ‘gran hermano’ para
vigilar la autonomía de los Colegios Profesionales sanitarios y del resto de ramas a la hora de dar el visto bueno a sus
códigos deontológicos. Es lo que se deduce del
proyecto de Real Decreto impulsado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que propone modificar una normativa anterior basada, a su vez, en una
Directiva europea sobre el test de proporcionalidad previo a la adopción de nuevas regulaciones de profesiones. La propuesta ministerial aún se encuentra en
fase de audiencia pública hasta este jueves.
El Real Decreto que se busca modificar es el 472/2021, de 29 de junio, que sirvió para transponer al ordenamiento jurídico español la
Directiva 2018/958 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018. Esta normativa busca que las autoridades "efectúen un ejercicio de reflexión sobre las regulaciones que se introducen en materia de profesiones" de cara a “garantizar que estas sean justificadas y proporcionadas y no mero fruto de la inercia o de la aplicación de soluciones genéricas y por tanto desapegadas del caso concreto de la profesión regulada”.
El Ejecutivo español, según se refleja en el proyecto de Real Decreto por el que se restaría
autonomía de los colegios profesionales sanitarios y que aún está pendiente de aprobación, considera ahora
“imprescindible” mejorar la adecuación normativa que en su día se hizo. Entre otras cuestiones, se arguye: “Se ha detectado que los códigos deontológicos de los Colegios Profesionales de ámbito nacional y de los Consejos Generales pueden aprobarse por parte de estas corporaciones
sin ningún visado ajeno, a pesar de su potencialidad para imponer regulaciones sobre el ejercicio profesional”.
Informe de la CNMC sobre códigos deontológicos sanitarios
El nuevo Real Decreto añade una disposición adicional primera al anterior en la que se atribuye a la
Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) la potestad de elaborar una
evaluación previa a la aprobación de estos códigos deontológicos. Así, cada Colegio Profesional o Consejo General estará obligado a remitir su propuesta a la CNMC y a someterla a audiencia pública, según dicta el artículo 8 de la actual normativa.
Tras incorporar las observaciones de los interesados, en caso de que se presentaran, se volverá a enviar la propuesta a la CNMC junto con una evaluación de proporcionalidad y un informe de las observaciones planteadas.
El texto se publicará en la web de la propia CNMC, que emitirá la valoración pertinente. Aunque en el texto se destaca que
dicho informe “no será vinculante” para los Colegios Profesionales, estos “sí que deben motivar por qué no acogen las eventuales observaciones que se formularan” en la evaluación si no la acataran.
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