Política > Sanidad hoy

El Gobierno aprueba un horario más flexible para los médicos funcionarios

Los profesionales sanitarios del Ingesa conservarán los 'moscosos', pero no recuperarán las jornadas de 35 horas

La ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet.

01 mar 2019. 10.40H
SE LEE EN 3 minutos
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes una resolución que incorpora la flexibilización de la jornada laboral de los empleados públicos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, entre los que se incluyen unos 4.000 profesionales sanitarios, que trabajan en el Ingesa y en los hospitales militares, entre otros organismos. Así, tras una semana de negociaciones entre el Ministerio de Función Pública y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, se conservarán los 'moscosos' como hasta ahora. Sin embargo, no se ha conseguido recuperar la jornada laboral de 35 horas semanales. 

Según informó el ministerio liderado por Meritxel Batet, se trata de cambios registrados desde la anterior resolución, en 2012. En concreto, la resolución mantiene la jornada de 37,5 horas y media en la Administración General del Estado y establece que los empleados públicos pueden realizarla en una parte fija y en otra flexible. La jornada fija será de 9:00 a 14:30 y el resto de horas, hasta completar las 37,5, se realizarán en horario flexible de 7:00 a 9:00 y de 14:30 a 18:00 horas.

Se regulan también aspectos de jornadas especiales y de verano, vacaciones y permisos


El personal con horario de mañana y tarde tendrá una jornada fija de 9:00 a 17:00 horas pudiendo completar su jornada en los mismos márgenes que el resto de empleados públicos.

Además, se regula por primera vez la jornada de tarde, que se llevará a cabo de 15:00 a 20:30 horas de manera fija, pudiendo usar los márgenes de 13:00 a 15:00 horas y de 20:30 a 22:00 horas para cumplimentar la totalidad de la jornada.

Mejor conciliación


En materia de conciliación, una novedad importante que introduce esta resolución es la regulación de la medida de conciliación firmada con los sindicatos sobre flexibilidad de jornada del 5 por ciento. Estas horas, el equivalente al 5 por ciento de la jornada anual, deberán ser recuperadas en los tres meses siguientes a su uso por parte de los empleados públicos.

Esta flexibilidad, que de media supone 85 horas, se agota una vez terminado ese número de horas solicitado para el cuidado de hijos y atención a mayores, sin que el hecho de haberlas recuperado suponga una nueva apertura de la bolsa en el año en curso.

Se regulan también aspectos relacionados con las jornadas especiales y con la jornada de verano, así como las vacaciones y permisos, incorporando todo en una misma resolución de referencia pero sin introducir cambios a la regulación que existía previamente.

Vacaciones, moscosos y festivos


En cuanto a permisos y vacaciones, se mantienen los criterios, es decir, 22 días hábiles de vacaciones, pudiendo llegar hasta 26 para aquellos empleados públicos con 30 o más años de servicio.

Asimismo, los empleados públicos tienen derecho -como hasta ahora y sin que cambie nada en esta regulación- a seis días por asuntos particulares (conocidos como 'moscosos'), que seguirán incrementándose en uno más a partir del sexto trienio y a partir del octavo (24 años de servicio).

La resolución también recoge otras disposiciones, como recuperación de días cuando un festivo nacional y no recuperable caiga en sábado, sobre formación, controles de la jornada y horarios de trabajo o jornada intensiva de verano.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.