El Gobierno aprueba el desarrollo del Reglamento Europeo sobre información alimentaria al consumidor

Los avisos sobre presencia de ingredientes alérgicos, exigibles en el caso de los alimentos que se comercializan sin envasar

Viernes, 27 de febrero de 2015, a las 16:48
Redacción. Madrid
El Consejo de Ministros ha dado este viernes el visto bueno al proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la norma general relativa a la información de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.

Alfonso Alonso.

En este sentido, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad indica que el Real Decreto persigue mejorar la información alimentaria que se facilita a los consumidores, asegurando al mismo tiempo la flexibilidad necesaria para responder a las diferentes modalidades de suministro de los alimentos sin envasar.

La norma mantiene las exigencias de información alimentaria que para los alimentos sin envasar ya se recogen en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

Además, se establece un tamaño mínimo de letra en las etiquetas de los productos envasados por los titulares del comercio minorista, y se regula la información de los alimentos cubiertos por la norma en los casos de venta mediante comunicación a distancia, en línea con las disposiciones del Reglamento (UE)1169/2011.

Asimismo, se regulan las modalidades de información alimentaria sobre la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias, que por primera vez son exigibles en el caso de los alimentos que se comercializan sin envasar o que se envasan en el punto de venta (comercio minorista, restauración).

Por último, también incluye determinados supuestos en los que se permite la transmisión de la información sobre los ingredientes que causan alergias e intolerancias, de forma oral, previo cumplimiento de ciertos requisitos adicionales que permitan asegurar que dicha información es verificable.