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El covid como enfermedad profesional queda relegado a "normas especiales"

El Ejecutivo confirma que la patología solo pudo tener esta calificación en las circunstancias excepcionales de pandemia

Exterior del Ministerio de Sanidad.

17 abr 2023. 11.40H
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El Gobierno ha dado ‘portazo definitivo’ a la posibilidad de considerar el covid enfermedad profesional. El Ejecutivo confirma en una respuesta parlamentaria, a raíz de una pregunta formulada por el Grupo Parlamentario Popular respecto a “medidas previstas para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social catalogue como enfermedad profesional los casos de covid persistente en médicos, enfermeras y otros sanitarios”, que “no se puede considerar enfermedad profesional como tal”.

En el escrito se recuerda que “se han aprobado normas especiales para ofrecer a estos profesionales una mejor protección, en función de las cuales se ha procedido a considerar como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo dicho contagio o enfermedad".

De esta manera, el Ejecutivo recuerda que esa consideración se aprobó para los profesionales sanitarios de manera extraordinaria “hasta el levantamiento por las autoridades sanitarias de todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria” y que en este caso la enfermedad profesional por covid estaba justificada “en unas circunstancias excepcionales, por lo que solo pueden mantenerse en tanto persistan esas circunstancias”.


Dificultad para comprobar el momento del contagio 


El Gobierno argumenta que esta enfermedad presenta un alto riesgo de contagio "tal y como ha evidenciado la situación de pandemia que ha afectado a toda la población". Así, explican que esta circunstancia "confirma la improcedencia de calificar la enfermedad producida por este virus como enfermedad profesional, pues si existe riesgo de propagación a toda la población de un agente biológico". Además, apuntan hacia que la naturaleza de la enfermedad da pie a que se pueda sospechar que se ha contraído en cualquier lugar y ocasión que no sea en el horario laboral. 

"Solo merece la consideración de enfermedad profesional aquella en la que queda acreditada la relación causa-efecto existente entre la realización del trabajo y la posterior aparición de la lesión", confirman desde el Gobierno. 


Casos concretos de enfermedad laboral


Durante los momentos más duros de la pandemia, algunos profesionales sanitarios sí recibieron la consideración de enfermedad profesional por contagio por covid. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria emitió una sentencia que reconocía la enfermedad profesional a un enfermero del Hospital Tres Mares que había contraído el Covid-19 al comienzo de la pandemia.

Por otro lado, una enfermera del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, que se contagió durante el desempeño de sus funciones y llegó a ser ingresada en la UCI con una neumonía bilateral con insuficiencia respiratoria aguda y permaneció más de 500 días de baja, también recibió el reconocimiento por parte del juzgado de lo Social número 44 de Madrid. 

De esta manera, aunque existe jurisprudencia, esta queda aplicada a casos que ocurrieron en momentos de la pandemia más críticos por lo que, en la actualidad, queda confirmado que el covid no se considera una enfermedad profesional. 

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