Un dictamen del
Consejo de Estado alerta sobre el desequilibrio de los requisitos formativos para el reconocimiento de
cualificaciones profesionales en
enfermeros y otras profesiones sanitarias en el entorno europeo y los programas formativos actuales.
El
informe, fechado el 25 de mayo, se refiere al proyecto de real decreto que finalmente fue aprobado el viernes 9 de junio como
Real Decreto 581/2017, que traspone la
Directiva europea 2013/55/UE sobre el reconocimiento de cualificaciones profesionales, en especial las del ámbito sanitario.
El real decreto regula la
tarjeta profesional europea, que permitirá un reconocimiento más rápido de las cualificaciones de
médicos, enfermeros, farmacéuticos y fisioterapeutas, entre otros. Sin embargo, el Consejo de Estado cree que la norma “cambia en parte los contenidos mínimos de los conocimientos y capacidades que deben adquirirse en la formación de ciertas profesiones” como las de
enfermero, farmacéutico, veterinario y matrona.
“Si se traspone la Directiva 2013/55/UE sin adaptar antes el régimen español de formación a las nuevas exigencias introducidas por esa directiva, no solo se distorsiona el sistema, sino que se
induce a hacer creer que los títulos otorgados por España alcanzan los requisitos de formación que permiten su reconocimiento (en ocasiones automático) en el resto de Europa”.
Por ello, este órgano consultivo cree que se debe proceder “a la mayor brevedad” las modificaciones en los programas de formación, y que sería conveniente no emplear más de seis meses en esa adaptación.
Se hace especial hincapié en el caso enfermero, donde el real decreto expone de forma detallada “las competencias, independientemente de que la formación se haya adquirido en una universidad, un centro de enseñanza superior de nivel reconocido como equivalente, una escuela profesional o mediante programas de formación profesional en Enfermería”.
Las implicaciones de la transposición de la directiva europea ya habían sido puntualizadas por el Consejo General de Enfermería, que consideraba que añade nuevas competencias profesionales de los enfermeros que afectan a la forma en que se va a desarrollar su ejercicio profesional, por lo que señalaban la
necesidad de una norma con rango de ley.
Efecto troncalidad
Por otro lado, el Consejo de Estado advierte de que la actual norma no viene acompañada por unas
memorias de impacto normativo, económico y de género suficientes, y alerta de que ya el Tribunal Supremo ha generado jurisprudencia en este sentido con la sentencia del pasado diciembre que
anulaba el Real Decreto de Troncalidad por un defecto similar.
Para este organismo no hay justificación para generar una memoria abreviada de las cargas administrativas que conllevará la aplicación de la norma, y pone un ejemplo: la memoria valora en 1927 personas la población afectada por la nueva tarjeta profesional europea, por lo que “no parece haber tenido en cuenta que
colectivos tan numerosos como los fisioterapeutas y, sobre todo, enfermeros (que solo en España superan los 200.000 profesionales colegiados)”.
Además, carece de impacto presupuestario y de gasto público, “por cuanto las nuevas o incrementadas funciones ministeriales serán atendidas a través de la redistribución de efectivos”, y tampoco incluye ningún impacto sobre las comunidades autónomas “o las corporaciones representativas de intereses profesionales, que también asumen funciones”.
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