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El 38% de los contratos públicos en sanidad no justifica su precio

Un informe del Ministerio de Hacienda denuncia que este hecho "afecta de forma importante al principio de eficiencia"

María Jesús Montero, ministra de Hacienda.

08 ene 2020. 11.30H
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Cuatro de cada diez contratos públicos en el sector de los servicios sociales y sanitarios no justifican su precio en la contratación pública. Así lo alerta el primer informe de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (Oirescon), dependiente del Ministerio de Hacienda.

En total, el informe analiza 50 contratos de esta área procedentes del ámbito estatal (12), autonómico (24), local (12), universitario (1) y de mutuas (1). De estos, solo el 38 por ciento de los contratos públicos analizados en la muestra incumplen la obligación de desglosar los costes, tal y como especifica la Ley de Contratos de la Administraciones públicas (LSCP).

Este porcentaje es menor (33,33 por ciento) en los contratos pertenecientes a los órganos de contratación de las CCAA y de las administraciones locales, que en el ámbito del Estado el incumplimiento alcanza hasta el 41,67 por ciento. En las muestras de Universidad y Mutuas, donde solo se ha analizado un contrato de forma aleatoria, también se detectó dicho incumplimiento.

Además, el informe también subraya que el 38 por ciento de estos contratos no hace referencia a los precios de mercado. Aunque el porcentaje es el mismo que en el caso anterior, la distribución es distinta. El incumplimiento en los pliegos de dicha referencia es más intenso en el Estado y en las CCAA (41,67 por ciento) que en el caso de las administraciones locales es del 8,33 por ciento. En el caso de las muestras de Universidades y Mutuas, dicho calculo si fue realizado.

Recomendaciones 


El documento, fechado a diciembre de 2019 y con más de 400 páginas, realiza varias conclusiones y recomendaciones ante estas desviaciones en los contratos públicos. Una variación que “afecta de forma importante al principio de eficiencia, en una doble vía: por una parte, en estos casos no existen garantías de que el precio base de licitación esté adecuadamente calculado; y por otra parte; el hecho de no reflejar la estructura de costes en los pliegos puede provocar en los licitadores inseguridad a la hora de presentar sus ofertas al no poder contar con la información necesaria sobre los costes que corresponden a las prestaciones que deben de ser cumplidas en el contrato”.

En resumen, el informe del Ministerio de Hacienda concluye señalando que “las recomendaciones para los órganos de contratación no puede ser otra que forzar las buenas prácticas en el análisis y definición de la estructura de los costes que no conforman las prestaciones objeto del contrato y el cumplimiento de las obligaciones analizadas.

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