Política > Sanidad hoy

Covid19 | España no fija hacer PCR en el aeropuerto a turistas sospechosos

El BOE publica el formulario que deben rellenar los turistas que vengan a España por aire y mar

Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.

01 jul 2020. 10.50H
SE LEE EN 3 minutos
POR I. P. NOVA
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles 1 de julio los tres pasos que debe pasar un turista que quiera acceder a España, cuarto en el caso de dar más de 37,5 grados centígrados de temperatura corporal. Según el documento publicado este miércoles 1 de julio, España va a realizar formularios de salud pública, controles documentales y tomas de temperatura según el extranjero aterrice en el país. Por lo que la normativa en ningún momento contempla la realización de PCR o test rápidos para el diagnóstico de coronavirus Covid-19 a la llegada de viajeros. 

En el caso de que tras tomar esas medidas, se confirme la sospecha de que el pasajero pudiera padecer una patología que pudiera suponer un riesgo para la salud pública, como el Covid-19, se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos para, en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas, proceder a su derivación a un centro sanitario. Para ello, la autoridad sanitaria podrá solicitar la colaboración de otros organismos implicados.   

DIRECTO | Accede aquí a la última hora sobre el coronavirus Covid-19

El formulario oficial, basado en el Passenger Location Card, recogerá la dirección de la estancia y cuestiones de carácter médicos y deberá ser cumplimentado antes de la llegada al país de forma telemática. Así, cuando aterrice en el país contara con un código QR por el cual si se observa que tiene síntomas de padecer el Covid-19 o da más de 37,5 grados se le realizará una nueva evaluación sanitaria.

Sobre esta nueva evaluación sanitaria el BOE no concreta si será mediante PCR o por test rápido, como pedían los partidos la oposición, sino que incluirá “una nueva toma de la temperatura y una evaluación de su estado clínico y epidemiológico”.

DOCUMENTO | Acceda aquí a la orden del Boletín Oficial del Estado

La primera toma de temperatura que se hará a todos los viajeros en el aeropuerto se realizará o bien con termómetros sin contacto o con cámaras termográficas. El documento establece un periodo transitorio con vigencia hasta el 31 de julio de 2020 por el que los extranjeros pueden presentar su documento sanitario en papel y no en código QR si el país de origen no se ha adaptado a la novedad. 


Principales indicaciones del control de viajeros en España

  • Todos los pasajeros se someten a un control sanitario con toma de temperatura, control documental y control visual del pasajero.
  • Todos los viajeros que lleguen a España deben cumplimentar un formulario de salud pública de forma electrónica antes de salir para el país. Obtendrán un código QR que deberán entregar en España.
  • Las compañías turísticas deberán informar de la obligatoriedad del formulario y de los procesos de registro de salud para entrar al país.
  • Si el viajero tiene una temperatura igual o superior a 37,5 grados se le realiza un segundo control que incluye una nueva toma de temperatura y una evolución de su estado clínico y epidemiológico.
  • La orden tendrá vigencia hasta el que el Gobierno declara la financiación de la situación de crisis sanitaria ocasionadas por el Covid-19.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.