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Covid-19: Sanidad aprueba un servicio de apoyo psicológico para sanitarios

Esta red contribuirá a paliar la sobrecarga emocional de los profesionales

Exteriores del Ministerio de Sanidad.

29 jun 2020. 11.25H
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el convenio entre el Ministerio de Sanidad, la Fundación Bancaria La Caixa, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, el Consejo General de la Psicología, el Consejo General de Enfermería y la Fundación Galatea, para dar a conocer un servicio telemático de apoyo psicológico para los profesionales de la salud en situación de sufrimiento emocional afectados por la situación de Covid-19.

Este servicio quiere contribuir a paliar la sobrecarga emocional de los profesionales que se encargan de atender a pacientes con la enfermedad del coronavirus. Con la participación del Ministerio, se ha impulsado una plataforma que ofrece atención psicológica telefónica, videoconferencia y seguimiento 'on line', y que se implementa por la Fundación Galatea.

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Gracias a la colaboración entre ambas entidades que se materializará en un documento operativo, Fundación Galatea aporta su conocimiento en el ámbito del apoyo psicológico a profesionales sanitarios, poniendo a su disposición de los mismos a expertos en este ámbito.

Por su parte, la Fundación Bancaria 'La Caixa' financiará el coste de la contratación de una línea telefónica y de videoconferencia específica de apoyo psicológico para los profesionales de la salud en situación de sufrimiento emocional por la crisis sanitaria de la Covid-19, el servicio de atención y derivación de llamadas a los canales de recepción indicados por la Fundación Galatea y el coste que supone la estructura para la atención psicológica de los profesionales sanitarios que lo precisen.


Servicio gratuito para los sanitarios


El acceso será gratuito para los profesionales sanitarios de toda España que lo precisen, con un horario de atención de 9.00 a 22.00 horas, los siete días de la semana.

El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de la firma, sin perjuicio de su posterior inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el BOE y tendrá vigencia durante la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Se establece un plazo de 6 meses a contar desde la fecha de su firma, y que podrá ser prorrogado bajo acuerdo de las partes firmantes.

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