El
Ministerio del Interior ha publicado este sábado
una orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la cual se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de
viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen debido a cuestiones de orden y salud pública con motivo de la
pandemia del Covid-19.
España actualiza así la lista de terceros países cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores. Son los siguientes:
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Australia
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Canadá
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Georgia
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Japón
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Nueva Zelanda
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Ruanda
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Corea del Sur
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Tailandia
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Túnez
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Uruguay
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China
La actualización de esta medida que lleva en vigor desde el 22 de julio entra en vigor este mismo domingo hasta el próximo 16 de septiembre, “sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea”.
El Ministerio del Interior suprime a Marruecos de esta lista “sin que esta última circunstancia tenga reflejo práctico, dado que, en aplicación del principio de reciprocidad, todavía no había surtido efectos la presencia de dicho”, según dicta la orden.
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