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Covid-19: Hacienda vuelve a prorrogar el IVA del 0% al material sanitario

Esta prórroga, aprobada a principios de agosto, decayó al ir incluida en el decreto de remanentes

María Jesús Montero.

22 sep 2020. 15.20H
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El Consejo de Ministros ha vuelto a aprobar la prórroga para aplicar el tipo del 0 por ciento de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario esencial para combatir la Covid-19. Una medida que se prórroga hasta el 31 de octubre, y que ya fue aprobada el pasado 4 de agosto, pero que decayó al ir contemplada en el decreto ley de remanentes de ayuntamientos, que tumbó el Congreso, y el cual preveía aunar más de 3.000 millones de euros de los ahorros de los consistorios.

La medida, incluida en el texto normativo que regulará el teletrabajo y que  el Gobierno ha aprobado este martes, tiene efectos desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. En dicho Real Decreto, en línea con una decisión de la Comisión Europea, se estableció hasta el 31 de julio la aplicación de un IVA del 0% a estos productos. Una  medida que tenía como objetivo combatir la pandemia y facilitar de forma  prioritaria que el suministro de material sanitario se realizase de forma  rápida y efectiva. 

La propuesta tiene como objetivo combatir la pandemia y facilitar de forma  prioritaria que el suministro de material sanitario se realizase de forma  rápida y efectiva.

Ahora, el Gobierno ha decidido extender esta medida que ya ha mostrado  su eficacia y que cuenta con el aval de la Comisión Europea, que el 23 de  julio aprobó que los Estados miembros puedan prorrogar la aplicación del  tipo impositivo del 0 por ciento de IVA hasta el 31 de octubre. Esta medida ya se  incluyó en el Real Decreto-ley 27/2020 de 4 de agosto que no fue  convalidado.

En el Real Decreto-ley aprobado este martes se actualiza a su vez la relación de  bienes a los que es de aplicación esta medida que pretende garantizar la  respuesta del sistema sanitario en la segunda fase de control de la  pandemia, una vez ya iniciado el periodo de nueva normalidad. Entre otros,  se han añadido al listado los hisopos con medio de transporte viral, que no  estaban incluidos en la relación anterior. Todos se beneficiarán de un IVA  al 0 por ciento con efecto retroactivo desde la entrada en vigor del Real Decreto ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas complementarias para apoyar la  economía y el empleo.

Los sujetos pasivos podrán efectuar, conforme a la normativa del  impuesto, la rectificación del IVA repercutido o satisfecho con anterioridad  a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.


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