La
Asociacion Española de Especialistas en Medicina del Trabajo, la Sociedad Española de Medicina y Seguridad en el Trabajo, la Asociación Profesional de Médicos Evaluadores de la Seguridad Social,
Asociación Nacional de Medicina del Trabajo en el Ámbito Sanitario, Seslap, Asociación de Especialistas en Enfermería del Trabajo han firmado un manifiesto por el que se exige que el
coronavirus Covid-19 sea considerado enfermedad profesional y no accidente de trabajo;
como también ha solicitado el Consejo General de Enfermería.
En un manifiesto que han hecho llegar a los medios de comunicación, las seis sociedades médicas consideran que la consideración como accidente de trabajo, por ser enfermedad no incluida como
enfermedad profesional, “no se ajusta a la ley”. Además, aseguran que “representa una pérdida de derechos para los trabajadores afectados”.
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Desde el colectivo explica que el Real Decreto que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales incluye desde enfermedades causadas por agentes biológicos (grupo 3) con un subapartado de infecciosas causadas por el trabajo de personas que ocupan de la asistencia médica que se ha probado un riesgo de infección. “Perteneciendo el coronavirus al grupo 2 queda
su infección incluida como enfermedad profesional para personal sanitario con un código diferente al de personal sociosanitario”, explican.
“Por todo ello -afirman-, el cumplimiento legislativo para todo personal sanitario y sociosanitairio que haya contraído el coronavirus como consecuencia de su labor profesional debe considerarse la contingencia del proceso
como enfermedad profesional y no como accidente de trabajo”.
Con el accidente de trabajo no se cubre cualquier contingencia posterior
En su argumentación, las seis sociedades explican las diferencias entre la consideración de accidente de trabajo a enfermedad profesional. “El periodo de aislamiento pasaría a considerarse como periodo de
observación de enfermedad profesional y la imprescriptibilidad de su reconocimiento, que es posible en cualquier momento posterior a los sucesos que dieran lugar a la declaración de tal contingencia, incluso superando la edad de jubilación, lo que no sucede en el a
ccidente de trabajo”, afirman.
"Considerar el contagio por coronavirus enfermedad profesional obligaría a la puesta en marcha del escudo de protección específico para el trabajador afectado"
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Esta imprescriptibilidad de la que hablan los colectivos profesionales daría lugar a la compensación como enfermedad profesional de las secuelas que pudieran sobrevenir en un futuro, y las situaciones de
incapacidad temporal o permanente o fallecimiento que pudieran darse.
Por último, afirman que considerarla enfermedad profesional obligaría a la puesta en marcha del escudo de
protección específico para el trabajador afecto, en actuaciones obligadas de vigilancia de la salud por parte de la empresa. “Lo que no sucede cuando se considera un proceso debido a accidente de trabajo”, denuncian.
Así pues, en el
accidente hay medidas genéricas para evitar los mismos, pero no específicas para el trabajador una vez que retorna al puesto, en referencia al proceso padecido y su seguimiento posterior. En el caso del coronavirus, los especialistas aseguran que están ante una enfermedad de la que “desconocemos las secuelas a las que pueda dar origen, por ello el seguimiento mediante la
actuación preventiva en vigilancia de la salud se hace necesario y obligado para la empresa, no fuera que el trabajo perjudicara la salud del trabajador o que no pautando reconocimientos periódicos llegáramos tarde a la
prevención y detección de las secuelas”.
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