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Coronavirus: Illa, al mando en todo menos Defensa, Transportes e Interior

Pedro Sánchez otorga al ministro de Sanidad competencias en prácticamente todos los resortes del Estado

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, y Salvador Illa, ministro de Sanidad.

14 mar 2020. 21.20H
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El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, ha declarado el estado de alarma por el coronavirus Covid-19. Lo ha hecho concretando que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, estará al mando de todas las competencias excepto las específicamente asignadas a otros tres ministros.

Acceda aquí al Real Decreto publicado en el BOE

El Ejecutivo ha otorgado competencias a Margarita Robles, ministra de Defensa; Fernando Grande-Marlaska, ministro de Interior; y José Luis Ábalos, ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Con un proyecto de país para los próximos 15 días, las competencias centralizadas en el Gobierno de España ajenas a estos ministerios quedarán bajo mando de Illa.

"Todas las autoridades civiles del territorio nacional, y en particular las sanitarias, quedan bajo las órdenes directas de Salvador Illa"

Este Real Decreto contempla, tal y como ha explicado Sánchez, que “todas las autoridades civiles del territorio nacional, y en particular las sanitarias, así como los demás funcionarios, quedan bajo las órdenes directas del ministro de Sanidad, Salvador Illa. Las administraciones públicas autonómicas y locales mantendrán la gestión, dentro de su ámbito de competencias, asegurando en todo momento su correcto funcionamiento, como ha sido hasta ahora".

Sánchez ha señalado que "estamos preparados para el estado de alarma. Tenemos las ideas, las políticas claras, y no nos va a temblar la mano para ganar al virus". Y añade: "Las medidas que vamos a adoptar van a tener, desgraciadamente, consecuencias", las cuales se fundamentarán sobre cuatro pilares: 
  1. Apoyo a los trabajadores, autónomos familias.
  2. Evitar los ERTE
  3. Apoyo a la actividad económica a las empresas
  4. Apoyo a la investigación de la vacuna.

Garantizar la cohesión y equidad por el coronavirus


En este sentido, el estado de alarma da Illa potestad para que “todos los medios sanitarios, públicos y privados, se pongan a su disposición. Será él quien se reserve el derecho de ejercicio de los mismos, garantizando la cohesión y la equidad en todo el territorio español”.

Además, el ministro de Sanidad también podrá, por el coronavirus Covid-19, asegurar todos aquellos bienes y servicios relacionados con la protección de la salud pública. Para ello, señala Sánchez, el titular de Sanidad “podrá impartir las ordenes para asegurar el abastecimiento necesario mediante, si cabe, la intervención de fábricas, centros sanitarios de titularidad privada o la industria que desarrolle su actividad en el sector farmacéutico. A todos estos, se les pondrá imponer requisas obligatorias”.

Medidas del real decreto por el coronavirus


Así, el decreto, al que ha tenido acceso Redacción Médica, especifica que las autoridades civiles y los funcionarios que prestan servicio en el ámbito de la salud pública, entre ellos todos los médicos, enfermeros y técnicos que trabajan en la sanidad española, quedarán bajo las órdenes del Ministerio de Sanidad y del ministro Salvador Illa, que serán los encargados de asegurar su "plena disposición". La medida garantiza posibilidad "de determinar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales", medida que implica que los profesionales sanitarios podrán ser trasladados de puesto de trabajo en función de las necesidades que marque la pandemia del coronavirus en España.

Durante la vigencia del estado de alarma por el Covid-19 los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público solo por motivos específicos

A la espera de que el Gobierno publique todos los detalles, este texto al que ha tenido acceso este diario habla de que con el "objetivo de asegurar el suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública" el Ministro de Sanidad, bajo el mando de Salvador Illa, podrá "intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, así como la industria farmacéutica".

Restricciones de movimiento por el coronavirus


El Real Decreto con el que el Gobierno declara el estado de alarma en todo el país ante la pandemia de coronavirus Covid-19 incluye además varias medidas importantes que afectan a los ciudadanos, como la restricción de la circulación de personas y vehículos, salvo excepciones.

De este modo, durante la vigencia del estado de alarma los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
  • Deberán realizarse de forma individual, excepto aquellas personas que tengan problemas de movilidad.
Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras.




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