El
Estado de Alarma decretado en España ante la pandemia de
coronavirus Covid-19 cambia por completo el día a día en España. A partir de este domingo 15 de marzo, los ciudadanos deben adaptar su vida a una serie de medidas que se han anunciado en
Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) minutos antes de dar comienzo al 15 de marzo al día.
La mayoría de locales quedan cerrados por culpa del
coronavirus nacido en
Wuhan, China. Sin embargo, la norma estipula que, entre otros comercios, permanezcan abiertas las
farmacias y las
ópticas. También los establecimientos médicos y con productos ortopédicos e higiénicos.
Además, según han explicado fuentes de la Moncloa a distintos medios, también se mantienen abiertas las
tintorerías y peluquerías por
motivos sanitarios y de
higiene: las primeras, porque proveen servicios de limpieza a hospitales; las segundas, para que personas de edad avanzada o con problemas de movilidad puedan lavar sus cabezas.
Redacción Médica desgrana qué suponen las medidas incluidas en el Real Decreto.
Qué comercios permanencen abiertos
Según el artículo 10.1 del Real Decreto, permanecerán abiertos:
• Tiendas de
alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
• Establecimientos
farmacéuticos, médicos y ópticas.
• Establecimientos con productos
ortopédicos e higiénicos.
•
Peluquerías.
•
Prensa y papelería.
•
Gasolineras.
•
Estancos.
• Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
• Establecimientos con alimentos para
animales de compañía.
• Comercio por internet, telefónico o correspondencia.
•
Tintorerías y lavanderías.
Cómo se debe proceder dentro de estos comercios
La permanencia en en los comercios que permanecerán abiertos durante el Estado de Alarma tendrá que ser "la
estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad".
Además, queda suspendida la posibilidad de consumir los productos dentro de los propios establecimientos. Además,
se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados
mantengan la distancia de seguridad de
al menos un metro a fin de evitarposibles contagios.
Qué se mantiene cerrado durante el Estado de Alarma por el coronavirus
Durante este Estado de Alarma el Real Decreto
suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio.
También se suspenden las actividades de
hostelería y
restauración, aunque se permite la prestación de servicios de entrega a domicilio.
El Real Decreto suspende además las
verbenas,
desfiles y
fiestas populares.
Cuándo se podrá circular por la calle
El artículo 7 del Real Decreto también estipula en
qué situaciones se podrá salir a la calle (todas deben estar debidamente justificadas y el desplazamiento se hará de forma individual, salvo excepciones) a pesar de la pandemia del nuevo
coronavirus Covid-19:
• Adquisición de
alimentos, productos
farmacéuticos y de primera necesidad.
•
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
•
Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
•
Retorno al lugar de residencia habitual.
•
Asistencia y
cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
• Desplazamiento a
entidades financieras y de seguros.
• Por
causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
• Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse
individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
También se permitie la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de estas actividades o para repostar en gasolineras o estaciones de servicio. Además, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las
recomendaciones y
obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
Se suspenden las actividades formativas presenciales
Además, el Real Decreto estipula que se suspende la
actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza.
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