El
Ministerio de Sanidad ha puesto a disposición de las comunidades autónomas los
centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de carácter privado.
A través de una
orden publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el departamento que encabeza Salvador Illa establece, además, la obligatoriedad por parte de estos centros de
comunicar el número de casos de coronavirus diagnosticados hasta la fecha y otorga a las autoridades autonómicas capacidades regulatorias en lo relativo al precio de las
pruebas diagnósticas del Covid-19.
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"Las autoridades de Salud Pública de la comunidad autónoma establecerán los procedimientos y el circuito para cumplir con los objetivos y las
tareas de vigilancia y contención de la epidemia", reza el documento publicado en el BOE. Así, el 'traspaso' de estos centros se traduce en tres medidas:
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Las comunidades autónomas tendrán a su disposición los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada ubicados en su comunidad autónoma que no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de Salud, así como su personal.
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En todo caso, la realización de pruebas diagnósticas por los citados centros, servicios y establecimientos de diagnóstico clínico para la detección del Covid-19 quedará sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado segundo.
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La puesta a disposición de medios a que se refiere el apartado 1 incluye la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para la regulación de los precios de las pruebas diagnósticas para la detección del coronavirus.
Prescripción de pruebas diagnósticas del Covid-19
Otro de los aspectos destacados de la orden es el relativo al
mecanismo para la
realización de pruebas diagnósticas del coronavirus Covid-19.
En ese sentido, el Ministerio de Sanidad ha fijado un criterio según el cual dicha prueba "
deberá ser prescrita por un facultativo de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados al efecto por la autoridad sanitaria competente".
Notificación de los casos de coronavirus confirmados
Respecto a la notificación de casos confirmados, Sanidad establece que todos los centros de diagnóstico clínico "con independencia de su titularidad" deberán notificarse a la autoridad competente en cada autonomía.
También se obliga a dichos centros a
notificar a la misma autoridad de cualquier adquisición de "hisopos para toma de muestras, medio de transporte de virus, rea ctivos de inactivación, kits de extracción de ácidos nucleicos o reacciones de PCR, o test rápidos diagnósticos".
Por último, designa a las comunidades autónomas como encargadas de transmitir esta información al Ministerio de Sanidad, que podrá adoptar "las medidas oportunas en
atención a criterios de necesidad y urgencia, con el objetivo de garantizar los principios de equidad y cohesión".
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