De cuando en cuando aparecen titulares en prensa señalando que cada vez más
menores de edad se realizan
cirugías estéticas. La falta de una normativa específica que regule estas intervenciones -excepto en
Andalucía- o en la que se establezca un
límite de edad podría apuntar en esta dirección, pero los datos que aporta la Sociedad Española de Cirugía Plástica Reparadora y Estética (
Secpre), parecen negarlo. Del total de cirugías estéticas que se realizan en
España, menos de un 1 por ciento corresponden a menores de 18 años.
Esta sociedad científica traza una línea muy definida entre este tipo de intervenciones y las que se realizan
por razones médicas. La gran mayoría de intervenciones de cirugía plástica en menores
vienen prescritas por un facultativo. Entre éstas, figurarían las
deformidades en la nariz que causan problemas respiratorios significativos; la gigantomastia juvenil o la ginecomastia, consistentes en el agrandamiento patológico de una o ambas glándulas mamarias, o ciertas lipodistrofias (alteraciones patológicas del tejido adiposo), que requieren de liposucción.
Otoplastia y estética
A medio camino solo está la
otoplastia, para tratar las conocidas como
‘orejas de soplillo’. Aunque es una intervención puramente
estética, los menores pueden llegar a deprimirse, por lo que el
psicólogo o el
médico de familia derivan al menor al cirujano. De hecho, esta intervención es la
cirugía plástica más frecuente en menores.
Según las estadísticas que aporta Secpre, de las aproximadamente 65.000 intervenciones quirúrgicas con finalidad estética que se practican al año en nuestro país, sólo el 1,5% -es decir, unas 975- se realizan con menores. De este casi millar de operaciones, la mitad corresponde a las mencionadas
otoplastias, que caen dentro de la categoría de estética debido a que su inclusión en la categoría de cirugía reparadora está discutida a nivel científico, al no haber alteración funcional. “La cirugía plástica estética en
menores de edad en España es casi inexistente, ya que estaríamos hablando de
menos de 500 intervenciones anuales”, señalan.
El papel del psicólogo
En España, salvo en Andalucía, no existe una normativa específica que regule las intervenciones estéticas a menores. Los médicos deben atenerse a la
Ley 41/2002 de autonomía del paciente y la
Ley 26/2015 de protección a la infancia, que obligan a que las intervenciones cuenten con el
consentimiento de padres o tutores y dejan a la valoración del médico la evaluación de los riesgos y del nivel de madurez del paciente. En Andalucía, el Decreto 49/2009, de 3 de marzo sobre
menores que se somenten a cirugía estética obliga a que estos sean analizados por un
especialista en Psicología que debe emitir un informe.
Por todo esto, es
obligatorio en Andalucía y frecuente en el resto de
España que los médicos encarguen a un
psicólogo la evaluación del menor antes de intervenirle. Según explica
Silvia Álava, portavoz del Colegio de Psicólogos de Madrid, la labor de los profesionales en estos casos no consiste solo en evaluar la
madurez, “sino saber
si el niño quiere o no quiere”, ya que “son muchas veces
los propios padres los que condicionan a los niños para intervenirse”, cuando estos no tienen ningún trauma asociado a una determinada característica física.
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