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Agencia de Salud Pública: un mes para optar a ser sede con estos requisitos

El BOE recoge los criterios en los que se basará el Gobierno para elegir la ciudad que acogerá el organismo

Ángel Víctor Torres, ministro de Política Territorial y Memoria Democrática.


17 dic 2025. 12.40H
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El camino hacia la puesta en marcha de la Agencia Estatal de Salud Pública ha quedado más despejado este miércoles. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado los criterios para elegir la sede del organismo pensado para reforzar la capacidad del Estado a la hora de proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias.

Lo ha hecho un mes después de que el Consejo de Ministros aprobara el inicio del procedimiento para determinar el emplazamiento de la Agencia. Este martes, Moncloa dio luz verde al informe de la Comisión consultiva en el que establecen los requisitos de designación, un documento que también recoge el BOE.

La intención del Gobierno es que la Agencia de Salud Pública tenga sede y estatuto en febrero de 2026, tal y como avanzaron fuentes del Ministerio de Sanidad a Redacción Médica en noviembre. A partir de este miércoles, las ciudades que quieran postularse para acoger el organismo tienen un mes para presentar sus candidaturas al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Oviedo, Barcelona, Zaragoza, Granada, León y Lugo ya habían mostrado su interés al respecto.

Estos son los criterios que se tendrán en cuenta para tomar la decisión final, incluyendo aspectos que faciliten la integración familiar de los futuros trabajadores de la Agencia a los que se desplace desde sus puestos de trabajo actuales.

Funciones de la Agencia de Salud Pública


El objeto de la Agencia Estatal de Salud Pública es, según se recuerda en el informe de la Comisión consultiva, “reforzar las capacidades del Estado para mejorar la salud de la población, la equidad en salud y su bienestar y proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias”. Sus fines generales son “la vigilancia en salud pública, la evaluación y comunicación de los riesgos para la salud y las actividades de planificación de la preparación y respuesta ante crisis y emergencias sanitarias”.

La Agencia tendrá, por tanto, competencias en vigilancia en salud pública, en sanidad ambiental y en preparación y respuesta ante emergencias de salud pública. También le corresponderán funciones de asesoramiento, información y comunicación de riesgos y problemas de salud, investigación y capacitación en salud pública.

Cuántas personas trabajarán en la Agencia


El Gobierno estima que la Agencia habrá de contar en su primer año de funcionamiento con aproximadamente 70 empleados públicos, “entre funcionarios, laborales y puestos de alta dirección”. La estimación se ha hecho, en parte, “teniendo en cuenta el personal que actualmente desarrolla esas funciones en el Ministerio de Sanidad y en el Instituto de Salud Carlos III”. No obstante, la cifra podrá variar en función de lo que se determine al respecto en el estatuto de la Agencia.

Está previsto llegar a los 300 empleados “en los años siguientes”, un volumen que se alcanzará de forma “paulatina”, siempre dependiendo de “las disponibilidades presupuestarias y de la plantilla que se apruebe en su contrato plurianual de gestión”.

Se necesitarán diferentes perfiles profesionales, entre ellos, personas con conocimientos técnicos y experiencia en salud pública, epidemiología, gestión de alertas, emergencias sanitarias, vigilancia en salud pública, evaluación de riesgos para la salud, salud ambiental, determinantes sociales de la salud, bioestadística y matemáticas aplicadas a la salud.

También se necesitarán empleados con conocimiento en el desarrollo de aplicaciones TIC, planificación y evaluación de proyectos, asesoría jurídica, gestión económica y de recursos humanos, y de apoyo administrativo y técnico de los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado (AGE).

Como medidas de apoyo al personal que eventualmente pueda ser objeto de traslado, el ministerio de adscripción “promoverá facilidades para el traslado de cónyuges que sean funcionarios a organismos de la Administración General del Estado situados en el emplazamiento de la Agencia”. También “se ofrecerá medidas compensatorias a los empleados y empleadas que sean trasladados a otra ciudad”.

Así tendrá que ser la sede de la Agencia


Las instalaciones de la Agencia Estatal de Salud Pública habrán de contar con en torno a 4.000 metros cuadrados adaptados a las funciones del organismo y a la cantidad de personal a acoger. En esa superficie se incluyen espacios para puestos de trabajo, varias salas de reuniones y videoconferencias -con capacidad para entre 10 y 60 personas-, espacios multifuncionales, un salón de actos con capacidad para más de 300 personas y salas para ruedas de prensa y formación, entre otras áreas.

También se requerirá espacio para aparcamiento y transporte público, y la “máxima” dotación de comunicaciones digitales para permitir conexiones de alta velocidad en todo el recinto. Las instalaciones deberán contar con medidas de seguridad, incluyendo la posibilidad de definir Zonas de Acceso Restringido (ZAR) I y II, según las características establecidas en el marco de la Seguridad Nacional, de la UE y de la OTAN.

Criterios para elegir la sede de la Agencia


En general, la Comisión consultiva valorará “que la candidatura incluya una propuesta adecuada a las necesidades de la Agencia Estatal de Salud Pública”, según los criterios de superficie y equipamiento indicados previamente. Como el objetivo es que la Agencia “entre en funcionamiento en el menor plazo posible”, se valorarán especialmente las candidaturas que ofrezcan instalaciones que ya estén “plenamente disponibles” o que necesiten “adaptaciones menores” a las exigencias.

A la hora de seleccionar la localidad o ciudad se valorará que cuente con:

  • Red de acceso a medios de transporte público, tanto aéreo, ferroviario y por carretera.
  • Cercanía de la sede o las posibilidades de conexión con aeropuertos internacionales, especialmente con destinos a Estocolmo, Ginebra, Bruselas, Copenhague, Helsinki y Estambul, principalmente.
  • Servicios hoteleros y de hostelería, a distancia próxima a la sede, que permita el alojamiento de las visitas institucionales y de trabajo.
  • Una oferta inmobiliaria suficiente y competitiva, en compra o alquiler, para la residencia de los trabajadores de la Agencia.
  • Un sector empresarial, administrativo, educativo y universitario dinámico, ya sea en la propia localidad de la sede o, como máximo, a una hora de su localización, que permita la integración social y desarrollo familiar y personal del personal desplazado desde su posición actual a la de la nueva sede.
También se valorará positivamente que la candidatura ofrezca la siguiente documentación:

  • Un análisis proyectivo del impacto económico, social e industrial, así como de las sinergias generadas con los ecosistemas de emprendimiento, innovación e investigación, que tendría la selección de la localidad como sede de la futura Agencia.
  • Un análisis del mercado inmobiliario de alquiler y para adquisición de vivienda en un radio de 20 kilómetros o un tiempo inferior a 40 minutos en transporte público de la sede de la agencia, que de manera efectiva permita la movilidad de los empleados destinados a la agencia.

Además, se valorará que la entidad que se postule para ser sede de la Agencia ponga a disposición:

  • Las infraestructuras y su sostenimiento, el equipamiento apropiado y cualquier otro apoyo o facilidad para albergar las actividades que se desarrollarán.
  • Programas de apoyo para la integración y reagrupación familiar del personal que se tenga que desplazar a la nueva sede de la Agencia como: ayudas para el alquiler o compra de vivienda, ayudas para la búsqueda de empleo o recolocación laboral de familiares directos, ayudas para la continuación de los estudios obligatorios y/o universitarios de familiares directos, ayudas para el desplazamiento desde la vivienda a la sede y cualquier otra ayuda que facilite e incentive la movilidad del personal a la nueva sede.
  • Medidas de sostenibilidad y eficiencia energética de las instalaciones.
  • Medidas de movilidad sostenible (acceso a transporte público, aparcamiento bicicletas, puntos de recarga eléctrica, etcétera).
  • Medidas de apoyo financiero o logístico (transporte, vivienda y servicios públicos).

También se tendrá en cuenta que la candidatura vaya acompañada de un informe emitido por el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente apoyando su idoneidad. En el caso de que se presente más de una ciudad de una misma comunidad autónoma, en el informe se deberá indicar el orden de preferencia de cada una de las localidades en cuestión.

Cómo presentar las candidaturas


El plazo para presentar las candidaturas será de un mes a contar desde este miércoles. Las solicitudes se tendrán que registrar a través de medios electrónicos acompañados de una memoria justificativa y un informe en el que se refleje el nivel de cumplimento de los criterios establecidos en el presente informe de la Comisión.

En el portal web del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se habilitará una sede electrónica a través de la cual se llevará a cabo el procedimiento administrativo para la presentación telemática de candidaturas.
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