Acreditación única para Medicina del Trabajo

Se han cambiado aquellos aspectos que se habían detectado como contrarios a la Ley de garantía de la unidad de mercado

Viernes, 09 de octubre de 2015, a las 14:46
Redacción. Madrid
Acreditación única para Medicina del Trabajo. Así de claro lo establece la modificación del Reglamento de los servicios de prevención de riesgos laborales aprobada por el Consejo de Ministros este viernes. El cambio en la normativa proviene de una propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, para corregir las diferencias en la interpretación y mejorar su aplicación, simplificando el procedimiento de acreditación.

Fátima Bánez.

La introducción del Real Decreto explica que “se ha identificado que, debido a distorsiones en la interpretación y aplicación de las normas, por diferentes comunidades autónomas se está exigiendo a los servicios de prevención requisitos adicionales que, en la práctica, implican nuevas autorizaciones incompatibles”. La práctica será erradicada por la modificación, ya que precisa que “existe una única acreditación en las cuatro especialidades o disciplinas preventivas a desarrollar por los servicios de prevención ajenos (seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada y medicina del trabajo)”.

En este sentido, la normativa precisa que cuando un servicio de prevención ajeno sea acreditado por parte de cualquier autoridad laboral de las comunidades autónomas, teniendo en cuenta que debe obtener de manera simultánea las otras cuatro especialidades, “no tendrá que volver a pasar un proceso de acreditación en ningún otro lugar del territorio nacional”. La normativa, por lo tanto, insiste en que durante el procedimiento de acreditación “se suprime toda referencia al ámbito territorial de actuación de la entidad”.

Otros de los cambios realizados son la simplificación del procedimiento de acreditación, reduciéndose el número de informes que preceptivamente ha de solicitar la autoridad laboral competente. Asimismo, se ha fomentado “la agilización del proceso de intercambio de datos entre administraciones públicas, facilitando el cumplimiento de las obligaciones de comunicación que establece la norma”.

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