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Ofensiva contra la ludopatía: prohíben las apuestas en eventos con menores

El Gobierno quiere "evitar la banalización de los riesgos de la actividad de juegos y apuestas por parte de los menores"

Juan Espinosa García, director general de Ordenación del Juego

22 jul 2019. 11.20H
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La Dirección General de Ordenación del Juego, dependiente del Ministerio de Hacienda, considera inconveniente que los menores de edad integren los eventos objeto de apuesta, ya sea de naturaleza deportiva u otra. Por eso, ha regulado que "los operadores de juego con licencia singular en alguna de las apuestas reguladas no podrán ofrecer en su programa de eventos aquellos que sean protagonizados exclusiva o mayoritariamente por menores de edad".

La ley que regula el juego en España "guarda entre sus objetivos ineludibles la protección de los menores de edad, que tienen completamente prohibido participar en las actividades de juego reguladas por dicha ley", detalla el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). "Esta prohibición debe guiar el ejercicio de cuantas actuaciones, públicas o privadas, puedan realizarse en el marco de la ley, pues su finalidad es la de excluir del ámbito del juego regulado cualquier aspecto que pueda tener por partícipes o conectar con los menores de edad", añade.

En el desarrollo de la oferta regulada de juego en línea que ha tenido lugar en España desde la entrada en vigor de la ley, y en lo que respecta en particular a la actividad de apuestas, "se ha detectado que algunos operadores de juego con título habilitante estatal están ofreciendo concursos de pronósticos sobre eventos, principalmente de naturaleza deportiva, que pueden estar siendo protagonizados exclusiva o mayoritariamente por menores de edad", advierte el Ministerio.

Los menores, alejados de las apuestas


"Son varias las razones por las que la Dirección General de Ordenación del Juego entiende que no resulta conveniente que los menores de edad integren los eventos objeto de apuesta, ya sea de naturaleza deportiva u otra, y todas ellas con base en el interés superior del menor, constitucionalmente reconocido y directamente conectado con el objeto de la ley desde un punto de vista holístico.

Esto es así, en primer lugar, "por la pertinencia de establecer una nítida separación entre el ámbito de los menores de edad y el de todo tipo de apuestas de cara a evitar la banalización de los riesgos de la actividad de juegos y apuestas por parte de los menores", especifica el escrito.

"En segundo lugar, con la finalidad de garantizar la participación saludable de aquéllos en la práctica de actividades que contribuyen a un adecuado desarrollo de su personalidad, sin incurrir en el riesgo de que concurran en dichas actividades constricciones exógenas derivadas de la aparición de intereses económicos de terceros".

Con esta prohibición, el Gobierno pretende "eliminar del entorno de las esferas formativas la posibilidad de que las competiciones sean manipuladas mediante la perversión de aquellas personas cuya madurez aún no se ha completado y, por tanto, son más susceptibles de ser influenciados". 

A los efectos previstos, "se entiende que son protagonizados mayoritariamente por menores de edad todos los eventos que se desarrollen en el marco de una competición deportiva o de otro tipo que, de forma generalizada, sólo permita que participen personas con edades de 18 años o menos".

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