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Fiscalía inspeccionará si toda sujeción mecánica tiene prescripción médica

Estas restricciones físicas y farmacológicas en salud mental también tienen que ser consentidas por el paciente

La fiscal general del Estado, Dolores Delgado García.

11 feb 2022. 09.40H
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes una instrucción mediante la cual se establece que los fiscales controlarán el uso de sujeciones físicas y tratamientos farmacológicos en las unidades psiquiátricas o de salud mental, así como en las residencias de ancianos y de personas con discapacidad. Concretamente, vigilarán que estas medidas sean prescritas por un médico y que el paciente haya dado su consentimiento. 

De forma que los principios de tratamiento serán los de cuidado, excepcionalidad, necesidad apreciada por prescripción facultativa, proporcionalidad, provisionalidad y prohibición de exceso, constituyendo el reconocimiento de la dignidad y la promoción de la autonomía de la persona "el eje vertebrador en la interpretación" de esta materia. 

En las inspecciones que los fiscales realicen a estos centros, éstos van a comprobar que las medidas se contención que se le hayan aplicado a una persona interna sea conforme a varias pautas. La primera es que necesita ser prescrita por un médico, salvo que exista "peligro inminente" para la seguridad de la persona o de terceros. En este caso, lo acordará el profesional responsable conforme al protocolo correspondiente.

En segundo lugar, para la aplicación de una contención será imprescindible la prestación de consentimiento informado por el paciente o, en su caso, por su representante legal. El consentimiento informado deberá ser explicito para cada situación y para cada persona, y referido al momento en que se va a tomar la decisión, no siendo válidos los consentimientos genéricos ni los diferidos en el tiempo.


Protocolo del uso de sujeciones en cada centro sanitario


Los centros deben tener un protocolo para el uso de las sujeciones que prevea tanto la indicación como el procedimiento de instauración de las contenciones y su supervisión. Deben establecerse pautas de vigilancia permanente de esa medida y el establecimiento de controles periódicos a fin de determinar su continuidad.

Asimismo, la correcta documentación de la medida aplicada respecto de cada paciente, especificando la indicación, el uso y tipo de contención y su duración.

Si la Fiscalía detectase que un centro no ha cumplido con lo anterior, podrá instar la supervisión judicial del internamiento, requerir la emisión de informes actualizados, incluso reclamar medidas cautelares.

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